La participación para Pasek, Ávila y Matos (2015): consiste en la
intervención de las partes interesadas para realizar en colectivo acciones que
lleven al disfrute de los resultados. Desde el accionar en conjunto se puede
generar relaciones armoniosas que les permita la búsqueda de soluciones a
hechos concretos. Por lo tanto, se puede decir que La participación es un
derecho y un deber de los ciudadanos en beneficio de sí mismo como del
contexto donde se desenvuelve.
En cuanto a la participación ciudadana, de acuerdo con Jara y Parada
(2011b): es un proceso formativo que lleva a un accionar de forma correcta
ante el mundo. Por su parte, Peña (2018a: 204): señala que es “un proceso
mediante el cual los habitantes de una nación tienen el derecho de intervenir
individual y colectivamente en las diversas acciones comunes que les afecte”.
Como se puede apreciar, se trata los actores de la escuela y comunidad
trabajen mancomunadamente para el logro de las metas y, más aún, para
conservar el ambiente en todas sus dimensiones: contexto, espacio,
relaciones. Consiste en hacer participar a la ciudadanía en las diferentes
actividades que lleva a cabo la escuela para que responsablemente actúen en
beneficio de su escuela y comunidad.
2.4. Actividades ecológicas para la participación ciudadana
Las actividades, para Gelvis (2017): están referidas al conjunto de
fenómenos de la vida activa que tienden hacia una finalidad, vienen a constituir
la sustancia de la conciencia humana. Por lo que la autora señala que la
actividad social es considerada como “un sistema de dinamización que permite
la participación constante de todos los actores socioeducativos para
desarrollar las capacidades creativas del individuo donde se busque el
crecimiento participativo en los procesos social de una comunidad” (pág. 58).
Es decir, la participación activa que deben generar los docentes desde los
240
Arbitrado
2.3. Participación ciudadana