Revista Scientific Volumen 3 / Nº 9 - Agosto-Octubre 2018 | Page 241

La participación para Pasek, Ávila y Matos (2015): consiste en la intervención de las partes interesadas para realizar en colectivo acciones que lleven al disfrute de los resultados. Desde el accionar en conjunto se puede generar relaciones armoniosas que les permita la búsqueda de soluciones a hechos concretos. Por lo tanto, se puede decir que La participación es un derecho y un deber de los ciudadanos en beneficio de sí mismo como del contexto donde se desenvuelve. En cuanto a la participación ciudadana, de acuerdo con Jara y Parada (2011b): es un proceso formativo que lleva a un accionar de forma correcta ante el mundo. Por su parte, Peña (2018a: 204): señala que es “un proceso mediante el cual los habitantes de una nación tienen el derecho de intervenir individual y colectivamente en las diversas acciones comunes que les afecte”. Como se puede apreciar, se trata los actores de la escuela y comunidad trabajen mancomunadamente para el logro de las metas y, más aún, para conservar el ambiente en todas sus dimensiones: contexto, espacio, relaciones. Consiste en hacer participar a la ciudadanía en las diferentes actividades que lleva a cabo la escuela para que responsablemente actúen en beneficio de su escuela y comunidad. 2.4. Actividades ecológicas para la participación ciudadana Las actividades, para Gelvis (2017): están referidas al conjunto de fenómenos de la vida activa que tienden hacia una finalidad, vienen a constituir la sustancia de la conciencia humana. Por lo que la autora señala que la actividad social es considerada como “un sistema de dinamización que permite la participación constante de todos los actores socioeducativos para desarrollar las capacidades creativas del individuo donde se busque el crecimiento participativo en los procesos social de una comunidad” (pág. 58). Es decir, la participación activa que deben generar los docentes desde los 240 Arbitrado 2.3. Participación ciudadana