Revista Scientific Volumen 3 / Nº 8 - Mayo-Julio 2018 | Page 221

Los desórdenes del trastorno del espectro autista, específicamente el autismo, está basado en muchas hipótesis para la mayoría de los investigadores interesados en el tema por muchas razones. Por consiguiente, las personas con Trastornos del Espectro Autista están en su propio mundo como se le dice popularmente, donde tienen sus propias normas, placeres y ocupaciones; De igual forma, están limitados en los aspectos de conciencia, conocimiento tanto de sí mismo como de los demás. Todo ello origina, poca comunicación y establecimiento de lazos sociales lo cual genera aislamiento, falta de comprensión de las emociones de los demás, comportamientos extraños, fijaciones, entre otros. Desde el punto de vista pedagógico, el autismo se estableció como aquella complejidad que tienen los niños que padecen Trastorno del Espectro Autista, al momento de procesar toda la información que recoge del medio que lo rodea. Cabe destacar, algunos niños autistas presentan nulidad en el habla, sin embargo, lo que presentan el habla tiene ecolalia. En cuanto a la intervención educativa, la escuela juega un papel importante en el desarrollo cognitivo y social de los autistas, pues tiene el deber de integrar a todos los niños(as) independientemente de sus características personales, para así crear un ambiente propicio para apoyar y dar respuesta a las necesidades de ellos. Así lo establece la Ley Orgánica de Educación, LOE (2009): en cuyo artículo 6 literal c contempla garantizar el acceso al Sistema Educativo a las personas con necesidades educativas o con discapacidad, mediante la creación de condiciones y oportunidades. Es decir, el Sistema Educativo Venezolano tiene a disposición una educación de calidad y adaptada a las necesidades de cada uno de los niños(as) con diversidad funcional, para dar la adecuada respuesta en materia educativa la cual parte del concepto de inclusión, siendo la atención a la diversidad una necesidad que abarca a todos los niveles educativos. Al 220 Artículo Arbitrado 1. Introducción