En ese orden de ideas, la universidad para dar cumplimiento con
saberes debe dar fiel desempeño a las funciones que les competen, dando
énfasis en este caso, a la ocupación de la extensión y así observar
generalidades con la vinculación universitaria asumida como proceso
imaginado en la orientación hacia la construcción de aprendizajes desde el
enfoque constructivista, lo que permite, en este momento una manera
diferente de pensamiento y mediación de epistemes ante la complejidad de los
contextos, inherentes a la educación universitaria en el caso mostrado.
Visto así desde el ámbito educativo, el estudiante en este momento que
se integra a la función social de la universidad con los contextos comunitarios,
posee un sustento legal en la Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de
Educación Universitaria, (LSCES, 2005). Se enfatiza en las comunidades
académicas, que no poseen sentido de pertenencia y están deshumanizadas
en la realidad universidad-comunidad, lo que dificulta el desempeño social, el
cual consiste en difundir el conocimiento que en ellas se genera, para
contribuir con el desarrollo social de su entorno. Aunado a esto, la universidad
es más un ideal, un deber ser, que una organización específica de la que es
ineludible dar cuenta analíticamente. Por esto, Kuhn (1971), citado por Arana
(2012), precisa que:
Las comunidades científicas y académicas comparten una
matriz disciplinaria, la cual puede ser entendida como el
conjunto de elementos en torno a los cuales se constituye la
unidad de las mismas. Una particularidad importante de estas
comunidades es que son precisamente ellas quienes producen
y validan por consenso el conocimiento científico / académico
(pág. 25).
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Arbitrado
conocimiento en los campos del saber, debe cumplir con las
funciones de docencia, extensión, investigación y gestión,
desde las cuales pueda asumir el proceso académico que
coadyuve al mejoramiento del potencial humano… (pág. 379).