Revista Scientific Volumen 1 / Nº 2 - Noviembre-Enero 2016-2017 | Page 66

seguidamente. En primer lugar, se tiene el principio de alteridad, el cual etimológicamente viene del latín “Alter” que significa el “Otro”. Implica el reconocimiento del otro como un sujeto que comparte un espacio significativo con vínculos en el lenguaje, la cultura y las creencias. Sociológicamente es una categoría importante ya que facilita la coexistencia de individuos y precondiciona el sentido colectivo, pues sólo pueden asociarse personas que se aceptan como tales. En el marco del aprendizaje servicio supone forzosamente la introspección individual, el entendimiento del sí mismo como ser individual y la toma de conciencia de los otros que nos rodean. Prevé la concesión incondicional a las características del otro; el reconocimiento digno y absoluto de la realidad ajena y la práctica de la aceptación. Con respecto a la solidaridad, surge como valor y premisa fundamental de funcionamiento como elemento para direccionar las voluntades de los individuos que la conforman bajo la condición de estimar al sujeto como integrante de un colectivo, del que participa, representa y afecta. En cuanto a la responsabilidad social, surge de la construcción fáctica, lo que implica la constatación del hecho. A los efectos del servicio comunitario, la responsabilidad social apertura a los institutos de educación superior a lo interno de las comunidades y la apropiación de espacios que permitan alcanzar proyectos de desarrollo integradores con base en principios constitucionales como el bien común y la convivencia. En su ejercicio, la responsabilidad social universitaria deberá proveer los mecanismos para la utilización de estrategias propias del aprendizaje servicio en la actividad comunitaria, aupando así una conducta ética adecuada a la responsabilidad asumida por y con todos los actores involucrados. Surge entonces con la obligatoriedad del servicio, la mejor oportunidad para formar en valores para lo recíproco, en democracia y tolerancia a la diversidad. 65 Arbitrado participación ciudadana y asistencia humanitaria; los cuales se describen