crecimiento organizativo. Al mismo tiempo mejora la formación de los
estudiantes para que se conviertan en profesionales con visión inclusiva del
país y con un compromiso social solidario, efectivo y duradero, mediante la
inserción curricular de un eje socio-transversal en cada una de las carreras
ofertadas, a las cuales se les agrega como requisito su cumplimiento para
egresar con el título correspondiente.
Partiendo del preámbulo anterior es preciso señalar que la Ley del
Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior. Venezuela, 2005.
En el artículo 4to de esta ley se encuentra la definición oficial del Servicio
Comunitario:
A los efectos de esta Ley, se entiende por Servicio Comunitario, la
actividad
que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de
educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando
los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos
adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad,
para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar
social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y en esta Ley.
En un período que no podrá ser inferior a 120 horas, los actores
participantes (estudiantes/prestadores del servicio, los docentes/asesores y
las instituciones de educación superior) desarrollan de manera organizada y
sistémica todas las actividades que se deriven del servicio comunitario. En los
fines, se resalta el fomento de la solidaridad y el compromiso con la
comunidad; integrar las instituciones de Educación Universitaria a las
comunidades; y fortalecer la experiencia de los estudiantes a través del
aprendizaje servicio.
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Arbitrado
implementadas con proyectos que les brindan oportunidad de formación y