Revista Scientific Edición Especial - Febrero-Abril 2017 | Page 20
monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica.
Igualmente, el Estado Venezolano junto con la activa participación de la
sociedad civil, deben garantizar un ambiente libre de contaminación y la
protección especial de los recursos naturales. Por otra parte, la Constitución
en el artículo 107 establece que la educación ambiental es obligatoria en todos
los niveles y modalidades del sistema educativo, así como en la educación
ciudadana no formal. Este artículo formaliza la universalidad de la educación
ambiental, debido a que se especifica como sujeto a ser educado
ambientalmente, no sólo a los participantes del sistema escolarizado, sino a
todos los venezolanos de toda condición y en todas las circunstancias de
enseñanza y aprendizaje.
Así mismo, la nueva doctrina constitucional promueve y establece la
participación ciudadana como política de estado en todos los ámbitos sociales
y en especial en el de la gestión ambiental. A su vez, la Ley Orgánica del
Ambiente (2007), tiene por objeto establecer las disposiciones y desarrollar los
principios rectores para la gestión del ambiente en el marco del desarrollo
sustentable como derecho y deber fundamental del Estado y de la sociedad,
para contribuir a la seguridad del Estado y al logro del máximo bienestar de la
población y al sostenimiento del planeta en interés de la humanidad. De igual
forma establece las normas que desarrollan las garantías y derechos
constitucionales a un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado.
4. Marco Metodológico
4.1. Naturaleza de la Investigación
La investigación se encuentra inserta dentro de un estudio cualitativo,
que es definida por Martínez (2004), como “un proceso mediante el cual se
construye inductivamente la realidad” (pág. 21). En este sentido, lo que plantea
el autor, es que este tipo de estudio proceden de lo social; razón por lo cual
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Arbitrado
recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y