Revista Pesca marzo 2019 REVISTA PESCA MARZO 2019 | Page 84
¿QUIÉN INSTRUYE A LA
PREFECTURA EN UN MAR SIN
CONTROL?
El pasado 25 de enero el periodista
Andrés Klipphan, en Infobae, nos rela-
tó que la Prefectura Naval Argentina
había actuado ante buques pesqueros
coreanos, taiwaneses y chinos, a los
que califica como los mayores depre-
dadores de la Zona Económica Exclusi-
va Argentina (ZEEA). Refirió, en su
artículo, a lo ocurrido con el pesquero
chino “HU SHUN YU 809" -que operaba
tres millas dentro de las 200- que fue-
ra detenido por el guardacostas
“Prefecto Derbes”, a la altura de Bahía
Camarones, en la provincia de Chubut,
conteniendo en sus bodegas 600 tone-
ladas de calamar.
La milla 201 -dice Klipphan- «suele
convertirse, por su riqueza en espe-
cies, única en el planeta, en una ver-
dadera ciudad nocturna con hasta más
de 500 pesqueros. Cuando alguno de
ellos ingresa a la ZEEA, es dónde actúa
la autoridad nacional. A lo largo de su
historia como policía, Prefectura detu-
vo un total de 76 buques que pesca-
ban sin autorización dentro de la ZEEA
y, de ese total, catorce fueron corea-
nos; once taiwaneses; once chinos;
once españoles; ocho japoneses; siete
uruguayos; dos polacos, rusos, británi-
cos, ucranianos y, los restantes seis
pesqueros de Alemania, Panamá, Ve-
nezuela, Chile, Ghana y Belice. En los
últimos años, la mayoría de los buques
contraventores son de bandera china y
no pertenecen a empresas privadas,
sino al gobierno de ese país (o mixta)
y también españoles».
El 21 de febrero del año pasado el bu-
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que “JIG YUANG 626” de bandera chi-
na se fugó a la persecución del Guar-
dacostas GC PNA-24 Mantilla, al igual
que otros cuatro poteros de igual nom-
bre y números 608, 616, 618 y 628
que huyeron hacia la zona de Malvinas,
solicitándoles por tal motivo la captura
internacional. La empresa Yantai Jin-
yuan Fisheris propietaria del “626” fi-
nalmente abonó la multa y gastos por
una cifra cercana a los 8 millones de
pesos. Luego el 4 de abril la Prefectura
detuvo al pesquero español “Playa de
Pesmar Uno”, con una carga de 350
toneladas de pescado procesado por
un valor de 684 mil dólares, por lo que
se le aplicó una multa de 7,5 millones
de pesos, más 342 mil pesos de gas-
tos. «Por estas acciones de preserva-
ción de la ZEEA, en 2018, la fuerza de
seguridad decomisó 327 toneladas de
pescados y, la Subsecretaria de Pesca,
impulsó multas por unos 20 millones
de pesos».
Sinceramente, para el lector despreve-
nido podría tratarse de una gran ac-
ción de la Prefectura y la Subsecretaría
para cuidar nuestros intereses, pero
deberíamos analizar en más detalle
algunos datos:
Desde 1983 a 2018 la Prefectura detu-
vo un promedio dos buques pesqueros
extranjeros por año que pescaban en
aguas argentinas. Ello parece absoluta-
mente insuficiente en atención a los
entre 250 y 500 buques extranjeros
que pescan en el Atlántico Sudocciden-
tal, que nosotros consideramos ilegales
-por las razones que veremos- ya sea
que pesquen dentro de la ZEEA o, fue-
ra de ella.
Las multas colocadas en 2018 parecen
muy por debajo de lo razonable para
desalentar futuras pescas ilegales. Solo
al potero chino “626” que escapó y,
cuyo titular, finalmente abonó unos 8
millones de pesos, seguramente le hu-
biese correspondido una multa de 10
millones de pesos, más un valor esti-
mado por un potencial decomiso de la
bodega completa de 47 millones de
pesos, es decir, bastante más de lo
que pagó. Otro tanto ocurre con el
buque español, donde no se especifica,
si se le decomisó la captura, pero de
no ser así, se le hubieran regalado
unos 27 millones de pesos, ya que se-
gún el Art. 47º de la ley 24.922 se pre-
sume que todo lo pescado fue dentro
de la ZEEA.
Pero, para evaluar la gravedad de las
sanciones, deberíamos tener en cuenta
tres escenarios: a) el primero, si el
buque extranjero pesca sin licencia
debería aplicarse el máximo de la pena
según establece la ley; b) el segundo,
si el buque extranjero pesca con licen-
cia inglesa dentro de la zona de exclu-
sión pesquera británica ilegal alrededor
de Malvinas (FOCZ), es decir dentro de
la ZEEA, es una falta grave y, debería
aplicarse la máxima pena más alguna
accesoria. Ello es posible establecerlo
ya que Prefectura y la Subsecretaría de
Pesca tiene la característica del buque
licenciado y su capacidad de bodega y,
c) el tercero, si con licencia británica
pesca fuera de esa Zona de Exclusión
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