Revista Pesca marzo 2019 REVISTA PESCA MARZO 2019 | Page 82

espacios aéreos y marítimos argentinos, la plataforma conti- nental y los archipiélagos en el Atlántico Sudoccidental y el Océano Antártico y, las cuestiones pertinentes de la Antártida Argentina. La organización Debiera crearse el Ministerio del Atlántico Sur, Islas y Antártida Argentina, que entienda sobre toda práctica, extracción, cap- tura, exploración, explotación o investigación de los recursos naturales vivos o no vivos en el Atlántico Sudoccidental, el Océano Antártico y la Antártida y, aquellos que estén vincula- dos a éstos territorios, directa o indirectamente con la Plata- forma Continental Argentina, la Zona Económica Exclusiva o la Alta Mar cuando se traten de recursos migratorios y/o asocia- dos y/o que intervengan en la cadena trófica de los recursos vivos propiedad de la República Argentina y que, tenga este Ministerio, como primera misión y función, la de promover la legislación aplicable para revalorizar y demostrar la vocación soberana de ocupar, explotar y cuidar ambientalmente estos espacios argentinos. La regulación de los espacios Será necesario, para efectuar las reformas profundas indispen- sables, modificar o reglamentar algunas leyes argentinas, tales como la de Defensa Nacional (Ley Nº 23.554 y afines); Código Aeronáutico (Ley Nº 17.285 y mod., Nº 23.399); Seguridad Interior (Ley Nº 24.059 y mod.); Espacios marítimos y líneas de base (Ley Nº 23.968); CONVEMAR (Ley Nº 24.543); Pesca (Leyes Nº 24.922 y Nº 26386); Hidrocarburos (Leyes Nros. 17.319, 26.197, 26.659, 27.007 y 27.444); Puertos (Ley Nº 24.093 y provinciales del litoral marítimo); Navegación (Leyes Nros. 20.094, 2.637, 17.371, 21.763, 22.228, 26.354, 26.994, 27.077 y 27.419); Ley de Marina Mercante y Flota Fluvial (Ley Nº 27.419, Art. 10º y 13º); Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo (Ley Nº 20.645); Ambiente (Ley Nº 25.675); Ministerios (Ley Nº 22.520 y mod.) y, toda Ley aplicable al Atlántico Sudoccidental, Océano Antártico y la Antártida Ar- gentina, para ajustarla al objeto. Dar por finalizado el Tratado de Madrid, con fundamento, en no haber sido ratificado en el Congreso Nacional y ser contrario a los intereses nacionales. La defensa nacional, pesca y flota mercante Resulta indispensable poblar el mar argentino con más buques pesqueros argentinos; acordar y controlar todos los buques extranjeros que navegan y pescan en las áreas adyacentes a la ZEEA y dentro de ésta, en especial aquellos licenciados por el Reino Unido. El plan pesquero debe priorizar la captura de la población sud-patagónica de calamar que migra a Malvinas y al área adyacente a la ZEEA. Declarar zona de emergencia pesquera y ambiental dentro de las 200 millas alrededor de Malvinas, entendiendo que la ex- plotación en esa área afecta al ecosistema del Atlántico Sur, Revista Pesca marzo 2019 por cuanto la captura biológicamente sostenible, no puede ser determinada por la Autoridad de Aplicación Argentina. Ejecutar la Ley de Marina Mercante y Fluvial (Nº 27.419) para asegurar que todo el flete en el mar y los ríos se realice me- diante buques argentinos y, sancionar el proyecto de Ley de Promoción de la Industria Naval Pesquera (S-2131/18, 27/6/18) para garantizar la construcción nacional. Equipar a la Armada Nacional, la Fuerza Aérea Argentina y a la Prefectura Naval, y dotar a estas armas de los medios necesa- rios para patrullar en forma permanente los espacios maríti- mos y aéreos y, disponer de un sistema satelital, que permita en tiempo real, conocer lo que pasa en los mares y espacios aéreos argentinos del Atlántico Sudoccidental y Océano Antár- tico, los Archipiélagos y la Antártida. Prohibir en las Provincias del litoral marítimo la instalación de aeropuertos privados con capacidad para operar aviones de gran tamaño o militares y, desactivar los existentes. Instalar un puerto y una base militar aérea y de logística en la Isla de los Estados y otorgar cuotas de pesca a las empresas que instalen industrias procesadoras en el lugar. Los puertos y la relación con Uruguay La Argentina debe reformular la política portuaria nacional y su emplazamiento estratégico. Sus puertos deben estar aptos para realizar las operaciones de buques mercantes y portacon- tenedores, de modo de asegurar el traslado marítimo y fluvial de mercaderías en todo el litoral patagónico y bonaerense y la hidrovía y, debiera llegar un Acuerdo con Uruguay para que en forma inmediata este país suspenda todo el apoyo logístico que le presta a los buques extranjeros que operan sin permiso de Argentina o Uruguay en el Atlántico Sur. Al mismo tiempo, convenir la construcción de un amplio puerto binacional con- centrador de aguas profundas, cercano al límite exterior del Río de la Plata, que facilite las operaciones de los grandes bu- ques, el comercio, optimice el control aduanero, reduzca cos- tos, resguarde el acceso a la Cuenca del Plata y el ingreso nor- te al Atlántico Sudoccidental. La relación con Chile Debería profundizarse las relaciones culturales, comerciales y turísticas con Chile de modo de fortalecer los vínculos con este país. En este sentido, es necesario mejorar la vinculación de Chile con la Argentina a través de corredores bioceánicos; acuerdos de libre comercio y disponibilidad de energía e, inter- cambios universitarios: Promover el dictado de una legislación pesquera única que facilite el control de la pesca ilegal (INDNR) en ambos océanos y acuerdos relativos a la investi- gación y conservación pesquera para optimizar los recursos de la ciencia y la tecnología; coordinar un plan turístico binacional de modo de promover la explotación de ambos mares y sus archipiélagos australes. 79