Revista Pesca marzo 2019 REVISTA PESCA MARZO 2019 | Page 82
espacios aéreos y marítimos argentinos, la plataforma conti-
nental y los archipiélagos en el Atlántico Sudoccidental y el
Océano Antártico y, las cuestiones pertinentes de la Antártida
Argentina.
La organización
Debiera crearse el Ministerio del Atlántico Sur, Islas y Antártida
Argentina, que entienda sobre toda práctica, extracción, cap-
tura, exploración, explotación o investigación de los recursos
naturales vivos o no vivos en el Atlántico Sudoccidental, el
Océano Antártico y la Antártida y, aquellos que estén vincula-
dos a éstos territorios, directa o indirectamente con la Plata-
forma Continental Argentina, la Zona Económica Exclusiva o la
Alta Mar cuando se traten de recursos migratorios y/o asocia-
dos y/o que intervengan en la cadena trófica de los recursos
vivos propiedad de la República Argentina y que, tenga este
Ministerio, como primera misión y función, la de promover la
legislación aplicable para revalorizar y demostrar la vocación
soberana de ocupar, explotar y cuidar ambientalmente estos
espacios argentinos.
La regulación de los espacios
Será necesario, para efectuar las reformas profundas indispen-
sables, modificar o reglamentar algunas leyes argentinas, tales
como la de Defensa Nacional (Ley Nº 23.554 y afines); Código
Aeronáutico (Ley Nº 17.285 y mod., Nº 23.399); Seguridad
Interior (Ley Nº 24.059 y mod.); Espacios marítimos y líneas
de base (Ley Nº 23.968); CONVEMAR (Ley Nº 24.543); Pesca
(Leyes Nº 24.922 y Nº 26386); Hidrocarburos (Leyes Nros.
17.319, 26.197, 26.659, 27.007 y 27.444); Puertos (Ley Nº
24.093 y provinciales del litoral marítimo); Navegación (Leyes
Nros. 20.094, 2.637, 17.371, 21.763, 22.228, 26.354, 26.994,
27.077 y 27.419); Ley de Marina Mercante y Flota Fluvial (Ley
Nº 27.419, Art. 10º y 13º); Tratado del Río de la Plata y su
Frente Marítimo (Ley Nº 20.645); Ambiente (Ley Nº 25.675);
Ministerios (Ley Nº 22.520 y mod.) y, toda Ley aplicable al
Atlántico Sudoccidental, Océano Antártico y la Antártida Ar-
gentina, para ajustarla al objeto. Dar por finalizado el Tratado
de Madrid, con fundamento, en no haber sido ratificado en el
Congreso Nacional y ser contrario a los intereses nacionales.
La defensa nacional, pesca y flota mercante
Resulta indispensable poblar el mar argentino con más buques
pesqueros argentinos; acordar y controlar todos los buques
extranjeros que navegan y pescan en las áreas adyacentes a
la ZEEA y dentro de ésta, en especial aquellos licenciados por
el Reino Unido. El plan pesquero debe priorizar la captura de
la población sud-patagónica de calamar que migra a Malvinas
y al área adyacente a la ZEEA.
Declarar zona de emergencia pesquera y ambiental dentro de
las 200 millas alrededor de Malvinas, entendiendo que la ex-
plotación en esa área afecta al ecosistema del Atlántico Sur,
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por cuanto la captura biológicamente sostenible, no puede ser
determinada por la Autoridad de Aplicación Argentina.
Ejecutar la Ley de Marina Mercante y Fluvial (Nº 27.419) para
asegurar que todo el flete en el mar y los ríos se realice me-
diante buques argentinos y, sancionar el proyecto de Ley de
Promoción de la Industria Naval Pesquera (S-2131/18,
27/6/18) para garantizar la construcción nacional.
Equipar a la Armada Nacional, la Fuerza Aérea Argentina y a la
Prefectura Naval, y dotar a estas armas de los medios necesa-
rios para patrullar en forma permanente los espacios maríti-
mos y aéreos y, disponer de un sistema satelital, que permita
en tiempo real, conocer lo que pasa en los mares y espacios
aéreos argentinos del Atlántico Sudoccidental y Océano Antár-
tico, los Archipiélagos y la Antártida.
Prohibir en las Provincias del litoral marítimo la instalación de
aeropuertos privados con capacidad para operar aviones de
gran tamaño o militares y, desactivar los existentes.
Instalar un puerto y una base militar aérea y de logística en la
Isla de los Estados y otorgar cuotas de pesca a las empresas
que instalen industrias procesadoras en el lugar.
Los puertos y la relación con Uruguay
La Argentina debe reformular la política portuaria nacional y su
emplazamiento estratégico. Sus puertos deben estar aptos
para realizar las operaciones de buques mercantes y portacon-
tenedores, de modo de asegurar el traslado marítimo y fluvial
de mercaderías en todo el litoral patagónico y bonaerense y la
hidrovía y, debiera llegar un Acuerdo con Uruguay para que en
forma inmediata este país suspenda todo el apoyo logístico
que le presta a los buques extranjeros que operan sin permiso
de Argentina o Uruguay en el Atlántico Sur. Al mismo tiempo,
convenir la construcción de un amplio puerto binacional con-
centrador de aguas profundas, cercano al límite exterior del
Río de la Plata, que facilite las operaciones de los grandes bu-
ques, el comercio, optimice el control aduanero, reduzca cos-
tos, resguarde el acceso a la Cuenca del Plata y el ingreso nor-
te al Atlántico Sudoccidental.
La relación con Chile
Debería profundizarse las relaciones culturales, comerciales y
turísticas con Chile de modo de fortalecer los vínculos con este
país. En este sentido, es necesario mejorar la vinculación de
Chile con la Argentina a través de corredores bioceánicos;
acuerdos de libre comercio y disponibilidad de energía e, inter-
cambios universitarios: Promover el dictado de una legislación
pesquera única que facilite el control de la pesca ilegal
(INDNR) en ambos océanos y acuerdos relativos a la investi-
gación y conservación pesquera para optimizar los recursos de
la ciencia y la tecnología; coordinar un plan turístico binacional
de modo de promover la explotación de ambos mares y sus
archipiélagos australes.
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