Revista Pesca marzo 2019 REVISTA PESCA MARZO 2019 | Page 71

verse con más integración. Lo que es malo para los argentinos debiera ser malo para los uruguayos y viceversa y, en ningún caso, es posible avanzar en proyectos sin el consenso necesa- rio. No olvidemos que Montevideo, Buenos Aires y otras tantas ciudades de ambos países, han servido de refugio a los emi- grados políticos desde la época de la colonia y la independen- cia, hasta los tiempos de los gobiernos militares. Es inadmisible, entonces, que, a inicios del siglo XXI, cruzar “el charco” de Buenos Aires a Montevideo o Colonia y viceversa dependa de un par de empresas y, a un altísimo costo, que limita el fluido tránsito de los bienes y las personas; primera condición a resolver para la integración social, cultural y eco- nómica de nuestros países. Y, ¡qué bien nos vendría a los por- teños imbuirnos de la bonhomía Oriental! ¿Dónde está la Comisión Administradora y la Técnica Mixta del Frente Marítimo, para llevar adelante una política común? Có- mo es posible, que el Puerto de Montevideo le dé cobijo y lo- gística a cientos de buques mercantes y pesqueros, que hacen tráfico con Malvinas o capturan en forma clandestina nuestros recursos en el atlántico sur. Nos hemos retrotraído al 1800 donde los barcos contrabandistas y negreros hacían pie en Montevideo, pero claro, no había entonces Tratado construido con tanto esfuerzo ni presupuesto al servicio de promover la unión. ¿Qué dijo la Comisión sobre la instalación de empresas chinas en puertos de Uruguay, bajo zona franca, quienes efectuarán las inversiones necesarias para atender la logística de cientos de buques oceánicos pesqueros? Nada. ¿Se imaginan que ocu- rrirá en el Atlántico Sur, la Zona Común y el Río de la Plata? Por cierto, la Subsecretaría de Vías Navegables de Argentina al prohibir, por Disposición 1108/13, los transbordos de las ex- portaciones argentinas en puertos uruguayos (favoreciendo a Brasil) fue a contrapelo de buscar caminos compartidos y, también, absolutamente ineficaz, para evitar el uso de los puertos uruguayos por parte de portacontenedores, buques que pescan ilegalmente (INDNR) y barcos mercantes extranje- ros que hacen trasbordo en el mar de pesqueros con regíme- nes laborales esclavos. En lugar de estar discutiendo, cuál es el puerto y de qué país, el que tendrá preminencia, deberíamos acordar el manteni- miento de los canales imprescindibles, incluso con la participa- ción de Bolivia y Paraguay que usan la hidrovía mantenida por Argentina y, construir un amplio puerto binacional concentra- dor de aguas profundas (Art. 27º del Tratado), cercano al lími- te exterior del Río de la Plata, que facilite las operaciones de los grandes buques, el comercio, optimice el control aduanero, reduzca costos, resguarde el acceso a la Cuenca del Plata y, nos vincule a Chile a través de un corredor bioceánico. Es im- perioso e impostergable. No se efectuaron mutuas resignaciones, ni se transformó la Revista Pesca marzo 2019 Isla Martín García en una reserva natural y se estableció una Zona Común de Pesca en la Z.E.E. de Uruguay y en la aún más extensa y rica Z.E.E. Argentina para sostener una estruc- tura burocrática, sino para «asentar las bases de la más am- plia cooperación entre los dos países» en la explotación de los recursos, el transporte, la tecnología, el desarrollo portuario y general, en el que ambas naciones pueden y deben comple- mentarse. Respecto a la Zona Común de Pesca (Art. 73º del Tratado) y el uso de los puertos de Uruguay para buques extranjeros que operan ilegalmente dentro de la Z.E.E. Argentina o en el área adyacente a ésta, sobre las especies migratorias o asociadas, resulta intolerable la inoperancia de la Comisión Técnica Mixta para llevar adelante Acuerdos de Cooperación que aseguren el pleno cumplimiento del Tratado (en especial los artículos 3º y 5º); la CONVEMAR; el combate a la Pesca Ilegal, no Declarada y no Reglamentada (INDNR); las Res. de las Naciones Unidas Nros. 2065/65; 37/9; 31/49; 23171/73 y 3175/73, y, la Res. del UNASUR dada en Asunción el 17 de marzo de 2012 donde los Cancilleres, rechazaron la explotación por parte del Reino Unido de los recursos naturales del Atlántico Sur y decidieron prohibir el ingreso a los puertos de buques con bandera ilegal de Malvinas. Es decir, compromisos, que hacen inaceptable el uso de los puertos uruguayos a los buques extranjeros que pescan ilegalmente recursos argentinos y, en su caso urugua- yos, en el Atlántico Sudoccidental. Por otra parte, el análisis de las capturas 1989-2017 en la Zona Común de Pesca, nos esta- ría indicando una mala administración del recurso y un desa- rrollo desequilibrado de la actividad. Por cierto, que el Tratado refiere a la «prohibición de acciones contaminantes, a la protección del medio marino y a la conser- vación de las especies» (art. 47-52, 54-56, 66, 73-76, 78, 80- 82) y, en el concepto más amplio de estas acciones, se en- cuentra la prohibición de la explotación irracional y sin control; la depredación; el descarte de especies; la captura de juveni- les, etc. todas prácticas que son realizadas por buques ilegales y, que, siendo perpetradas dentro o no de la Z.E.E. atentan contra el ecosistema, del mismo modo, que facilitar estas prácticas depredadoras proveyéndoles puertos de apoyo en Uruguay. Como consecuencia del acrecimiento de tierras por aluvión, la Isla Martín García se unió a la Isla Timoteo Dominguez, dando lugar, a la primera frontera seca argentino-uruguaya. Todo un símbolo de cuál es el camino entre ambas naciones. Ya sea “bo” o “che”, todas estas cuestiones deberían estar “pronto” o “hechas”. Argentina-Uruguay o Uruguay-Argentina debieron ser un único y gran país, pero no siéndolo, es nece- sario que trabajemos para consolidar el espíritu de la Federa- ción que quiso Artigas, sabiendo que, como dijera San Martín, “para los hombres de coraje se han hecho las empresas”. Nos 68