Revista Pesca marzo 2019 REVISTA PESCA MARZO 2019 | Page 69

EL DESTRATO DEL RÍO DE LA PLATA Y SU FRENTE MARÍTIMO Para el Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, este río se extiende desde el paralelo de Punta Gorda (Uruguay) hasta la línea recta imaginaria que va de Punta del Este (UY) con Punta Rasa (Argentina), habiéndose establecido una franja costera de jurisdicción exclusiva de siete millas entre el límite exterior del Río de la Plata y la línea recta imaginaria entre Colonia (UY) y Punta Lara (AR) y, de una distancia de dos millas desde esa línea hasta el paralelo de Punta Gorda. El Tratado incluye, las inflexio- nes necesarias de sus límites exteriores para que no sobrepasen los veriles para seguridad de la navegación en los canales de las aguas de uso común y de acceso a los puertos y otras cuestiones relativas a los buques, a las acciones relativas a la pesca susten- table y la contaminación de las aguas, etc. Respecto a la franja costera de los países vecinos, al tratarse de un río, la Argentina no adoptó la ley 17.094 que establecía un mar territorial de 200 millas, pero tampoco aplicó las líneas de base que se aprobarían varios años después por Ley 23.968. En la «Convención Preliminar de Paz» el Gobierno de las Provin- cias Unidas del Río de la Plata y el Reino del Brasil acordaron en 1828 la independencia de la Banda Oriental, luego Uruguay; al tiempo que establecieron en una cláusula adicional, que, por quince años, se aseguraba la libre navegación para ambas nacio- nes; sin embargo, no se fijó el mar territorial y, ello generó dife- rencias, a punto de provocar algún conflicto armado y dio lugar, 145 años después, a la firma del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, en Montevideo el 19 de noviembre de 1973, el que fue ratificado por nuestro país mediante la Ley 20.645 y por Uruguay por Ley 14.145, dando fin a los graves desentendimien- tos entre dos países, original y, culturalmente hermanos, el 16 de agosto de 1976 se constituyó la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo (CTMFM), quien realizó su primera sesión plena- ria el 4 de febrero de 1977. Ambos gobiernos, con el propósito mutuo de eliminar las dificul- tades derivadas de una indefinición respecto a los límites y dere- chos del Río de la Plata, celebraron este Tratado que fue el re- sultado de una política de Estado iniciada en 1910 por Roque Sanz Peña, quien luego sería Presidente, continuada en 1964 por el Canciller Miguel Angel Zavala Ortiz y firmada en 1973 por el Canciller Alberto Vignes, junto a su par uruguayo, que preten- dió, ir mucho más allá de una cuestión de límites, peces y am- Revista Pesca marzo 2019 biente, sino «sentar las bases de una más amplia cooperación entre los dos Países y estrechar los arraigados vínculos de tradi- cional amistad y hondo afecto que unía a sus Pueblos» y, como refirió el Presidente Juan Domingo Perón el 19 de noviembre de 1973: «Será éste el instrumento más eficaz en la defensa de in- tereses comunes a los dos pueblos, una acción ejemplar en el orden internacional. Suscribir el protocolo de la fraternidad uru- guaya y argentina -decía Sáenz Peña- no es crear una política distinta de la que nos viene impuesta por nuestra tradición, es consagrar, para siempre, la fraternidad uruguaya y argentina. Un mismo cielo cubre nuestras aguas, su azul se refleja en el y en nuestras banderas. Aceptemos ese simbólico abrazo de la natu- raleza como un signo de fraternidad que nos convoca a la paz, al trabajo en común, a la prosperidad y a la felicidad de nuestros dos pueblos» Cuarenta y cinco años después, los resultados de uno de los más importantes tratados de integración latinoamericana son verdaderamente escasos, limitándose, a una discutida adminis- tración del Río y de la Zona Común y, sin avanzar, en “ la más amplia cooperación entre los dos países ”, espíritu, que se expre- só, en los considerandos que fundaron el Tratado y en los hom- bres que lo promovieron. El delimitar las jurisdicciones de los países en el río y los alcances de las actividades, no debiera operar como una suerte de muro separador, sino por el contrario, consolidar una gran puerta de entrada y de unión de dos territorios vecinos, con una historia y cultura común y, con la necesidad, de actuar en forma sinérgica es las cuestiones económicas y geopolíticas, de cara al mundo, de ocupación del Atlántico Sudoccidental y de comunicación al Pacífico. En esa lucha de intereses del siglo XIX entre Brasil y Argentina, que dio lugar -con intervención de Gran Bretaña- a la indepen- dencia del Uruguay en 1828, dejamos de lado ese territorio co- mún y a sus habitantes, genéticamente unidos a nuestro país y viceversa. Olvidamos también, que la Reconquista de Buenos Aires en 1806 fue posible gracias al aporte económico y a la for- mación de milicias de los comerciantes de Montevideo y, a las tropas allí destacadas, que bajo el mando de Liniers, nos liberó de los ingleses y, más aún, perdimos de vista, lo que ya el Virrei- nato conocía perfectamente: la posición estratégica de los puer- tos de Montevideo y Buenos Aires en cada extremo del plata, y 66