Revista Pesca marzo 2019 REVISTA PESCA MARZO 2019 | Page 64
EN LA BUSQUEDA DE
NUEVOS MECANISMOS PARA
CALCULAR LOS DERECHOS
DE PESCA
Para consumo humano directo
La RM N° 044-2019-PRODUCE del 13 de febrero, dispone la
publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el
ROP del recurso anchoveta para consumo humano directo,
aprobado por DS N° 005-2017-PRODUCE.
Esta modificación se introduce en cumplimiento de la quinta
disposición complementaria transitoria del ROP del recurso
anchoveta para consumo humando directo, aprobado por DS
N° 005-2017-PRODUCE, que dice que los titulares de permiso
de pesca para operar embarcaciones de menor escala están
exonerados del pago de derechos de pesca hasta el 31 de di-
ciembre de 2018.
En función a lo expuesto, el proyecto de norma fija el derecho
de pesca de anchoveta destinada al CHD en 0.20% de la UIT
para los armadores de las embarcaciones pesqueras mayores
a 32.6 metros cúbicos de bodega y las comprendidas en el
numeral 1.2 del inciso a) del Reglamento de la Ley General de
Pesca aprobado con DS N°012-2001-PE, que dice:
“1.2. Menor escala: la realizada con embarcaciones de hasta 32,6
metros cúbicos de capacidad de bodega, implementadas con moder-
nos equipos y sistemas de pesca, cuya actividad extractiva no tiene la
condición de actividad pesquera artesanal”.
Para Consumo humano indirecto
La Resolución Ministerial 055-2019-Produce, publicada en el
diario oficial El Peruano, dispone publicar el proyecto de
“Decreto Supremo que modifica los artículos 43 y 45 del Re-
glamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto
Supremo 0122001-PE”
En la parte considerativa de la norma se indica que resulta
necesario modificar los artículos 43 y 45 del Reglamento de la
Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo 012-
2001-PE, a fin de establecer un nuevo mecanismo para el
cálculo de los derechos de pesca por la explotación de recur-
sos con destino al consumo humano indirecto.
Revista Pesca marzo 2019
Se proponen tasas diferentes en función de los volúmenes de
desembarque:
Igual o menor a 3.1 millones de toneladas, será el equi-
valente al 0.27% del valor FOB de la harina de pescado.
Mayor a 3.1 millones de toneladas y menor o igual a 3.6
millones de toneladas será el equivalente al 0.51% del
valor FOB de la harina de pescado.
Mayor a 3.6 millones de toneladas y menor o igual a 4
millones de toneladas, será el equivalente al 0.75% del
valor FOB de la harina de pescado.
Mayor a 4 millones de toneladas, será el equivalente al
0.98% del valor FOB de la harina de pescado.
LA POLEMICA GENERADA POR LA PUBLICACION DEL
PROYECTO DE NORMA QUE MODIFICA LOS DERECHOS
DE PESCA DE LA ANCHOVETA PARA CONSUMO HU-
MANO INDIRECTO
La publicación del proyecto de norma que modifica los dere-
chos de pesca de anchovetas para CHI ha generado una in-
teresante polémica. El cambio de proyecto de un día para otro
genera críticas porque sugiere que la primera publicación no
fue debidamente revisada y/o que su publicación originó que
se disponga, por alguna razón, un cambio en la página 17 y 18
reemplazando los porcentajes y una nueva publicación, lo que
política y mediáticamente no se ve bien.
Existe insuficiente claridad en la exposición de motivos de la
norma, que es un documento técnico pero poco comunicador.
No todo se explica en términos económicos, sino que se re-
quiere una explicación simple también, sobre todo cuando se
tenía que haber intuido que se generarían suspicacias alrede-
dor de un tema sensible como son los derechos de pesca.
La exposición de motivos desliza, sugiere o deja abierta a la
interpretación y/o especulación, que con esta norma se pre-
tendería incluir el pago del Programa de Vigilancia y Control de
la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo a través de
Empresas Certificadoras/Supervisoras y del Sistema de Segui-
61