Revista Pesca marzo 2019 REVISTA PESCA MARZO 2019 | Page 64

EN LA BUSQUEDA DE NUEVOS MECANISMOS PARA CALCULAR LOS DERECHOS DE PESCA Para consumo humano directo La RM N° 044-2019-PRODUCE del 13 de febrero, dispone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el ROP del recurso anchoveta para consumo humano directo, aprobado por DS N° 005-2017-PRODUCE. Esta modificación se introduce en cumplimiento de la quinta disposición complementaria transitoria del ROP del recurso anchoveta para consumo humando directo, aprobado por DS N° 005-2017-PRODUCE, que dice que los titulares de permiso de pesca para operar embarcaciones de menor escala están exonerados del pago de derechos de pesca hasta el 31 de di- ciembre de 2018. En función a lo expuesto, el proyecto de norma fija el derecho de pesca de anchoveta destinada al CHD en 0.20% de la UIT para los armadores de las embarcaciones pesqueras mayores a 32.6 metros cúbicos de bodega y las comprendidas en el numeral 1.2 del inciso a) del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado con DS N°012-2001-PE, que dice: “1.2. Menor escala: la realizada con embarcaciones de hasta 32,6 metros cúbicos de capacidad de bodega, implementadas con moder- nos equipos y sistemas de pesca, cuya actividad extractiva no tiene la condición de actividad pesquera artesanal”. Para Consumo humano indirecto La Resolución Ministerial 055-2019-Produce, publicada en el diario oficial El Peruano, dispone publicar el proyecto de “Decreto Supremo que modifica los artículos 43 y 45 del Re- glamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo 0122001-PE” En la parte considerativa de la norma se indica que resulta necesario modificar los artículos 43 y 45 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo 012- 2001-PE, a fin de establecer un nuevo mecanismo para el cálculo de los derechos de pesca por la explotación de recur- sos con destino al consumo humano indirecto. Revista Pesca marzo 2019 Se proponen tasas diferentes en función de los volúmenes de desembarque:     Igual o menor a 3.1 millones de toneladas, será el equi- valente al 0.27% del valor FOB de la harina de pescado. Mayor a 3.1 millones de toneladas y menor o igual a 3.6 millones de toneladas será el equivalente al 0.51% del valor FOB de la harina de pescado. Mayor a 3.6 millones de toneladas y menor o igual a 4 millones de toneladas, será el equivalente al 0.75% del valor FOB de la harina de pescado. Mayor a 4 millones de toneladas, será el equivalente al 0.98% del valor FOB de la harina de pescado. LA POLEMICA GENERADA POR LA PUBLICACION DEL PROYECTO DE NORMA QUE MODIFICA LOS DERECHOS DE PESCA DE LA ANCHOVETA PARA CONSUMO HU- MANO INDIRECTO La publicación del proyecto de norma que modifica los dere- chos de pesca de anchovetas para CHI ha generado una in- teresante polémica. El cambio de proyecto de un día para otro genera críticas porque sugiere que la primera publicación no fue debidamente revisada y/o que su publicación originó que se disponga, por alguna razón, un cambio en la página 17 y 18 reemplazando los porcentajes y una nueva publicación, lo que política y mediáticamente no se ve bien. Existe insuficiente claridad en la exposición de motivos de la norma, que es un documento técnico pero poco comunicador. No todo se explica en términos económicos, sino que se re- quiere una explicación simple también, sobre todo cuando se tenía que haber intuido que se generarían suspicacias alrede- dor de un tema sensible como son los derechos de pesca. La exposición de motivos desliza, sugiere o deja abierta a la interpretación y/o especulación, que con esta norma se pre- tendería incluir el pago del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo a través de Empresas Certificadoras/Supervisoras y del Sistema de Segui- 61