REVISTA JURIDICA ULTIMA Nov. 2016 | Seite 82

Así, el Proyecto tiene como principal objetivo procurar la armonización y modernización de la legislación mercantil nicaragüense, con miras a fortalecer y desarrollar la capacidad institucional del Estado de Nicaragua, y, por ende, dotar al país de seguridad jurídica. En esta línea, el Proyecto preveía alcanzar cuatro grandes objetivos específicos: (i) Identificar las leyes y demás normas mercantiles que requieren ser modernizadas y armonizadas con el resto del sistema jurídico nicaragüense (Diagnóstico). (ii) Consensuar el diagnóstico inicial con sectores claves de la sociedad nicaragüense, a través de un proceso amplio de consulta y validación. (iii) Diseñar una propuesta de estrategia para lograr la modernización y armonización de la legislación mercantil. (iv) Consensuar la estrategia de reforma con sectores claves de la sociedad nicaragüense, a través de un proceso amplio de consulta y validación. Como puede colegirse de lo anterior, el Proyecto concluye con la elaboración y presentación de una estrategia de reforma, debidamente validada por la sociedad nicaragüense (la que se recoge en el apartado III del presente documento), de tal suerte que, el inicio del proceso de elaboración de las modernas normas mercantiles, que permitirán una mejora sustancial de la legislación (y, adicionalmente, de las instituciones) en la materia, está pensado se lleve a cabo en ulteriores etapas, la primera de las cuales se pretende poner en marcha en julio de 2011. Como un primer aspecto novedoso (sobre el que volveremos en los Anexos de este documento con más detenimiento), merece la pena poner en evidencia que la dirección del Proyecto está a cargo de un Comité de Dirección, amplio e incluyente, en el que participan, con voz y voto, tanto representantes del Gobierno de la República como del sector privado. Comité fue creado a través del Decreto Presidencial número 06-2009, de 23 de Enero de 2009 (publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 30, del 13 de Febrero de 2009), e integrado por los siguientes miembros: un representante del Ministerio de Fomento Industria y Comercio (MIFIC) -quien preside el Comité-; un representante del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP); un representante del Consejo Superior de la Empresa Privada (COSEP); y un representante de la Cámara de Comercio de Nicaragua (CACONIC). El Comité de Dirección cuenta, a su vez, con un Secretario Ejecutivo. 82