REVISTA JURIDICA ULTIMA Nov. 2016 | Page 40

Artículo 122. Complementación de los actos anulables Cuando en cualquier momento se considere que alguno de los actos de las partes no reúne los requisitos necesarios, la administración lo pondrá en conocimiento a su autor, concediéndole el plazo de diez días para complementarlo. 5.4 Regulación normativa en España Bastante familiarizada con la legislación panameña y costarricense, España nos ofrece a través de su Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, publicada en BOE número 85, del 27 de noviembre de 1992 (Referencia BOE –A-1992- 26318) y su reforma del año 1999, un enriquecedor panorama regulatorio. De esta manera, nos ofrece también variadas causales por las que la Administración y también los recurrentes pueden dirigir el objetivo de sus actuaciones. En ese sentido, procedemos a exponer lo que nos ofrece la legislación española. Artículo 62. Nulidad de pleno derecho 1. Los actos de las Administraciones públicas son nulos de pleno derecho, en los casos siguientes: a) Los que lesionen derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional. b) Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio. c) Los que tengan un contenido imposible. d) Los que sean constitutivos de infracción penal o se dicten como consecuencia de esta. e) Los dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido o de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados. f) Los actos expresos o presuntos contrarios al ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades o derechos cuando se carezca de los requisitos esenciales para su adquisición. g) Cualquier otro que se establezca expresamente en una disposición de rango legal. h) También serán nulas de pleno derecho las disposiciones administrativas que vulneren la Constitución, las leyes u otras disposiciones administrativas de rango superior, las que regulen materias reservadas a la ley y las que establezcan retroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales. Un tema bastante meritorio de la legislación española es el hecho de discriminar cada acto administrativo independiente uno con otro y, aún más, discriminar los elementos constitutivos de un 40