REVISTA JURIDICA ULTIMA Nov. 2016 | Page 37

Artículo 166: Habrá nulidad absoluta del acto cuando falten totalmente uno o varios de sus elementos constitutivos. Artículo 167: Habrá nulidad relativa del acto cuando sea imperfecto uno de sus elementos constitutivos, salvo que la imperfección impida la realización del fin, en cuyo caso la nulidad será absoluta. Artículo 168: En caso de duda sobre la existencia, calificación e importancia del vicio, deberá estarse a la consecuencia más favorable a la conservación del acto.
Otro aspecto muy importante de valorar, es la actuación oficiosa que puede ejercer la autoridad administrativa en la aplicación de criterios de nulidad, refiriéndonos siempre a la legislación costarricense. No así en Nicaragua, donde la promoción del actuar de la autoridad administrativa es absolutamente rogada. Veamos, lo que nos ofrece la legislación referida del país vecino:
Artículo 174: 1. La Administración estará obligada a anular de oficio el acto absolutamente nulo, dentro de las limitaciones de la ley. 2. La anulación de oficio del acto relativamente nulo, será discrecional y deberá estar justificada por un motivo de oportunidad, específico y actual.
Del Órgano y de los poderes Artículo 183: 1. La Administración conservará su potestad para anular o declarar de oficio la nulidad del acto – sea absoluta o relativa- aunque el administrado haya dejado caducar los recursos administrativos y acciones procedentes, siempre y cuando dicha revisión se dé en beneficio del administrado y sus derechos. 2. La potestad de revisión oficiosa consagrada en este artículo, no estará sujeta al plazo de caducidad y podrá ser ejercida por la Administración, previo dictamen vinculante de la Procuraduría General de la República.
Oportunidades de corregir errores en el transcurso de los procedimientos de selección y contratación de oferentes son un gran avance en esta materia, máxime cuando se pretende mostrar palpable un sentir de eficiencia en la gestión de la Administración Pública. De esta manera, la convalidación y el saneamiento son dos figuras que podrían optimizar el tiempo y los recursos de una Administración que busca una solución práctica e inmediata a sus problemas, sin olvidar una correcta aplicación de
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