nulidad absoluta no puede ser convalidada, pero necesita ser invalidada”. Contrario sensu, la nulidad relativa es la que se deriva de un vicio por apartamiento de las formas, que no es grave, sino leve. En consecuencia:“ la nulidad relativa admite ser invalidada, pero puede ser convalidada”.
2. Los recursos administrativos
2.1 Definiciones
La idea fundamental de los recursos en Nicaragua, de manera general, encuentra carta de origen en nuestra Constitución Política, en cuyo artículo 34, numeral 4, consagra:“ Toda persona en un proceso tiene derecho, en igualdad de condiciones al debido proceso y a la tutela judicial efectiva y, como parte de ellas, a las siguientes garantías mínimas: 4. A que se garantice su intervención y debida defensa desde el inicio del proceso o procedimiento y a disponer de tiempo y medios adecuados para su defensa”.
Por su parte, y con un enfoque más especializado( a propósito de nuestra investigación), la Ley 737 en Nicaragua, también consagra una noción similar a la Constitución Política, identificándola a manera de principio. Así, el principio del debido proceso refiere que todas las personas que participen en el procedimiento de contratación administrativa, lo harán en igualdad de condiciones, dispondrán del tiempo y los medios necesarios para su defensa y podrán formular los recursos y peticiones que conforme la presente ley se establezcan 8.
Por otra parte, la Sentencia del Tribunal Supremo Español( STS) Sección 5ta, de la Sala de lo Contencioso – Administrativo de 11 de diciembre de 1991 cita:“ El sistema de los recursos, tanto en vía administrativa como en la jurisdiccional, es el principal medio imaginado para remediar, dentro de lo humano, posibles errores, desviaciones o arbitrariedades de las autoridades y órganos, encargados de tomar decisiones, en sus respectivas parcelas de poder”. 9
Finalmente, y en cuanto a definición de naturaleza normativa refiere, el Doctor Arríen nos comparte que, en ese sentido, nuestra Ley 350, Reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso –
8 Artículo 6, numeral 7, Ley 737, referido a los principios que rigen la contratación administrativa.
9 Juan Bautista Arríen Somarriba. Derecho Administrativo. Acto, Procedimiento, Recursos, Contratos y el Contencioso-Administrativo.( Managua. UCA. 2009)
28