Revista Juridica Colex mayo revista_colex_juridica_mayo_junio | Page 22

ACTUALIDAD JURISPRUDENCIA 20 ACCIDENTE DE TRABAJO Indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente de trabajo Sentencia del Tribunal Supremo Nº 465/2018, Sala de lo Social, Sección 1, Rec. 317/2016, de 4 de mayo de 2018 La declaración de responsabilidad empresarial en la producción del evento lesivo debe comportar la fijación de la indemnización que el órgano judicial considere acreditada y pertinente. Es accidente de trabajo «in itinere» el sufrido en el autobús de regreso del centro de trabajo al domicilio personal. Sentencia del Tribunal Supremo Nº 49/2018, Sala de lo Social, Rec. 1777/2016, de 17 de abril. Se cumplen tres de los cuatro elementos configuradores de la laboralidad del accidente [teleológico; geográfico; e idoneidad del medio]. Siendo la única duda puede suscitarse en torno al elemento cronológico, cuya afirmada ruptura por la recurrida se refiere no al tiempo invertido en el trayecto trabajo/domicilio, que fue el habitual en su recorrido y duración [se utilizó el usual medio de transporte], sino a la consideración -irrelevante a juicio de la Sala IV- de que su inicio fue demorado menos de una hora por causa de una gestión exclusivamente personal [la realización de la compra en un supermercado cercano]. No es accidente laboral si los síntomas se manifiestan antes de acudir al trabajo. IMPUGNACIÓN DE DESPIDO INDIVIDUAL DERIVADO DE DESPIDO COLECTIVO. Requisitos de la notificación del despido individual a los trabajadores afectados. Sentencia del Tribunal Supremo Nº 361/2018, Sala de lo Social, Rec. 1354/2016, de 4 de abril. Reiterando doctrina, entre otras STS de 8 marzo 2018 (Rud. 360/2016), el TS establece que no es necesario que en la carta se incorporen los criterios de selección, ni los concretos razonamientos relativos a la elección del trabajador despedido porque no lo exige la ley. La negociación previa del periodo de consultas hace presumir su conocimiento. La comunicación individual del trabajador afectado tiene por obligada indicación, exclusivamente, la expresión de la causa motivadora del despido en términos compatibles con el derecho de defensa del interesado. RETRIBUCIÓN DURANTE LAS VACACIONES Durante vacaciones no se abona el complemento de quebranto de moneda o las horas extraordinarias. Sentencia del Tribunal Supremo Nº 379/2018, Sala de lo Social, Rec. 73/2017, de 9 de abril. Según el TS, quedan excluidos de la remuneración a percibir durante las vacaciones anuales el complemento de quebranto de moneda, por no tener naturaleza salarial, así como las horas extraordinarias, por no tratarse de una retribución ordinaria. Por el contrario han de abonarse durante las vacaciones los complementos de peligrosidad, cámaras frigoríficas y de manutención y alojamiento, por ser de carácter salarial. Sentencia del Tribunal Supremo Nº 366/2018, Sala de lo Social, Rec. 2191/2016, de 4 de abril. Según el TS, no resulta aplicable la presunción del laboralidad del art. 156.3, TRLGSS, en el caso de un ictus cuyos síntomas principales se manifiestan antes de acudir al trabajo. Al desencadenarse la crisis en su domicilio del trabajador se trata de una contingencia común. INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO IMPROCEDENTE. ANTIGÜEDAD COMPUTABLE COMPATIBILIDAD INDEMNIZACIÓN POR FALLECIMIENTO Y PREMIO DE VINCULACIÓN Sucesión de contratos temporales suscritos con diferentes entidades públicas sin una solución de continuidad significativa. La indemnización por fallecimiento es compatible con la percepción de un premio de vinculación fijado por convenio si la norma reguladora no especifica lo contrario. Sentencia del Tribunal Supremo Nº 320/2018, Sala de lo Social, Rec. 1069/2016, de 20 de marzo de 2018 El TS, analizando el Convenio Provincial de Hostelería de Santa Cruz de Tenerife, ha establecido la compatibilidad entre la percepción del premio de vinculación previsto en el convenio para el momento del cese en la empresa, con la indemnización por fallecimiento que contempla el mismo convenio. La Sala IV realiza una interpretación del convenio contraria al acuerdo de la comisión paritaria. DERECHO A PROMOCIÓN PROFESIONAL DE INDEFINIDOS NO FIJOS Reconocimiento del derecho a la promoción profesional de los trabajadores indefinidos no fijos de la Administración Sentencia del Tribunal Supremo Nº 352/2018, Sala de lo Social, Rec. 27/2017, de 2 de abril. En sintonía con el Derecho de la UE y la jurisprudencia constitucional, el TS establece el derecho a participación de indefinidos no fijos en convocatorias de promoción profesional, de acuerdo con las previsiones del convenio aplicable, que no diferencia entre uno u otro tipo de trabajador. Sentencia del Tribunal Supremo Nº 494/2018, Sala de lo Social, Sección 1, Rec. 2005/2016, de 10 de mayo de 2018 En el momento de determinar el importe de la indemnización por despido improcedente habrán de tenerse en cuenta todos los servicios que, de modo continuado, se hayan prestado para la misma empresa -o para aquellas a las que ésta haya sucedido-. De ahí que, en el caso analizado, haya de partirse de la totalidad del periodo continuado en que la actora ha prestado servicios para la entidad pública, sea cual sea el concreto órgano en que la efectiva realización de la prestación se haya producido. PROTECCIÓN DEL EMBARAZO ANTE EL DESPIDO El despido pactado como improcedente con la empresa por parte de una trabajadora embarazada que desconoce su estado no es nulo. Sentencia del Tribunal Supremo Nº 420/2018, Sala de lo Social, Rec. 629/2016, de 19 de abril. El TS valida un acuerdo transaccional entre la empresa y una trabajadora despedida que desconocía su estado en el momento de acordar la improcedencia del despido. No concurre la exigible contradicción entre sentencias, rechazando el recurso de la trabajadora, ya que en el supuesto de contraste no ofrece la menor duda de que el documento suscrito por la trabajadora es nulo, en tanto que se produce en el corto marco temporal de un despido repentinamente comunicado, se trata de una trabajadora de elemental formación -Limpiadora- y que por añadidura tiene escaso conocimiento del idioma, con el abono -además- de una exigua liquidación, circunstancias todas ellas en las que se fundamenta la pretensión actora. Por el contrario, en el caso de la decisión recurrida se trata de una trabajadora altamente cualificada, con lo que -además- se negocia ampliamente una transacción en la que se acuerda una elevada indemnización por su cese en la empresa, y que la empleada suscribe con libre voluntad y plena consciencia, pero que posteriormente impugna alegando que desconocía estar encinta en tales fechas.