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ACTUALIDAD JURISPRUDENCIA
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ACCIDENTE DE TRABAJO
Indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente de
trabajo
Sentencia del Tribunal Supremo Nº 465/2018, Sala de lo Social,
Sección 1, Rec. 317/2016, de 4 de mayo de 2018
La declaración de responsabilidad empresarial en la producción
del evento lesivo debe comportar la fijación de la indemnización que
el órgano judicial considere acreditada y pertinente.
Es accidente de trabajo «in itinere» el sufrido en el autobús de
regreso del centro de trabajo al domicilio personal.
Sentencia del Tribunal Supremo Nº 49/2018, Sala de lo Social,
Rec. 1777/2016, de 17 de abril.
Se cumplen tres de los cuatro elementos configuradores de la
laboralidad del accidente [teleológico; geográfico; e idoneidad del
medio]. Siendo la única duda puede suscitarse en torno al elemento
cronológico, cuya afirmada ruptura por la recurrida se refiere no al
tiempo invertido en el trayecto trabajo/domicilio, que fue el habitual
en su recorrido y duración [se utilizó el usual medio de transporte],
sino a la consideración -irrelevante a juicio de la Sala IV- de que
su inicio fue demorado menos de una hora por causa de una
gestión exclusivamente personal [la realización de la compra en un
supermercado cercano].
No es accidente laboral si los síntomas se manifiestan antes de
acudir al trabajo.
IMPUGNACIÓN DE DESPIDO INDIVIDUAL DERIVADO DE DESPIDO
COLECTIVO.
Requisitos de la notificación del despido individual a los
trabajadores afectados.
Sentencia del Tribunal Supremo Nº 361/2018, Sala de lo Social,
Rec. 1354/2016, de 4 de abril.
Reiterando doctrina, entre otras STS de 8 marzo 2018 (Rud.
360/2016), el TS establece que no es necesario que en la
carta se incorporen los criterios de selección, ni los concretos
razonamientos relativos a la elección del trabajador despedido
porque no lo exige la ley. La negociación previa del periodo de
consultas hace presumir su conocimiento. La comunicación
individual del trabajador afectado tiene por obligada indicación,
exclusivamente, la expresión de la causa motivadora del
despido en términos compatibles con el derecho de defensa del
interesado.
RETRIBUCIÓN DURANTE LAS VACACIONES
Durante vacaciones no se abona el complemento de quebranto
de moneda o las horas extraordinarias.
Sentencia del Tribunal Supremo Nº 379/2018, Sala de lo Social,
Rec. 73/2017, de 9 de abril.
Según el TS, quedan excluidos de la remuneración a percibir
durante las vacaciones anuales el complemento de quebranto
de moneda, por no tener naturaleza salarial, así como las horas
extraordinarias, por no tratarse de una retribución ordinaria.
Por el contrario han de abonarse durante las vacaciones los
complementos de peligrosidad, cámaras frigoríficas y de
manutención y alojamiento, por ser de carácter salarial.
Sentencia del Tribunal Supremo Nº 366/2018, Sala de lo Social,
Rec. 2191/2016, de 4 de abril.
Según el TS, no resulta aplicable la presunción del laboralidad
del art. 156.3, TRLGSS, en el caso de un ictus cuyos síntomas
principales se manifiestan antes de acudir al trabajo. Al
desencadenarse la crisis en su domicilio del trabajador se trata de
una contingencia común. INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO IMPROCEDENTE. ANTIGÜEDAD
COMPUTABLE
COMPATIBILIDAD INDEMNIZACIÓN POR FALLECIMIENTO Y PREMIO
DE VINCULACIÓN Sucesión de contratos temporales suscritos con diferentes
entidades públicas sin una solución de continuidad significativa.
La indemnización por fallecimiento es compatible con la
percepción de un premio de vinculación fijado por convenio si la
norma reguladora no especifica lo contrario.
Sentencia del Tribunal Supremo Nº 320/2018, Sala de lo Social,
Rec. 1069/2016, de 20 de marzo de 2018
El TS, analizando el Convenio Provincial de Hostelería de
Santa Cruz de Tenerife, ha establecido la compatibilidad entre
la percepción del premio de vinculación previsto en el convenio
para el momento del cese en la empresa, con la indemnización
por fallecimiento que contempla el mismo convenio. La Sala IV
realiza una interpretación del convenio contraria al acuerdo de la
comisión paritaria.
DERECHO A PROMOCIÓN PROFESIONAL DE INDEFINIDOS NO FIJOS
Reconocimiento del derecho a la promoción profesional de los
trabajadores indefinidos no fijos de la Administración
Sentencia del Tribunal Supremo Nº 352/2018, Sala de lo Social,
Rec. 27/2017, de 2 de abril.
En sintonía con el Derecho de la UE y la jurisprudencia
constitucional, el TS establece el derecho a participación de
indefinidos no fijos en convocatorias de promoción profesional, de
acuerdo con las previsiones del convenio aplicable, que no diferencia
entre uno u otro tipo de trabajador.
Sentencia del Tribunal Supremo Nº 494/2018, Sala de lo Social,
Sección 1, Rec. 2005/2016, de 10 de mayo de 2018
En el momento de determinar el importe de la indemnización
por despido improcedente habrán de tenerse en cuenta todos los
servicios que, de modo continuado, se hayan prestado para la
misma empresa -o para aquellas a las que ésta haya sucedido-.
De ahí que, en el caso analizado, haya de partirse de la totalidad
del periodo continuado en que la actora ha prestado servicios
para la entidad pública, sea cual sea el concreto órgano en que la
efectiva realización de la prestación se haya producido.
PROTECCIÓN DEL EMBARAZO ANTE EL DESPIDO
El despido pactado como improcedente con la empresa por
parte de una trabajadora embarazada que desconoce su estado
no es nulo.
Sentencia del Tribunal Supremo Nº 420/2018, Sala de lo Social,
Rec. 629/2016, de 19 de abril.
El TS valida un acuerdo transaccional entre la empresa y una
trabajadora despedida que desconocía su estado en el momento
de acordar la improcedencia del despido.
No concurre la exigible contradicción entre sentencias,
rechazando el recurso de la trabajadora, ya que en el supuesto de
contraste no ofrece la menor duda de que el documento suscrito
por la trabajadora es nulo, en tanto que se produce en el corto
marco temporal de un despido repentinamente comunicado, se
trata de una trabajadora de elemental formación -Limpiadora- y
que por añadidura tiene escaso conocimiento del idioma, con
el abono -además- de una exigua liquidación, circunstancias
todas ellas en las que se fundamenta la pretensión actora. Por
el contrario, en el caso de la decisión recurrida se trata de una
trabajadora altamente cualificada, con lo que -además- se
negocia ampliamente una transacción en la que se acuerda
una elevada indemnización por su cese en la empresa, y que la
empleada suscribe con libre voluntad y plena consciencia, pero
que posteriormente impugna alegando que desconocía estar
encinta en tales fechas.