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IMPORTANTE

EXPERTICIA

FORENSE

La experticia médico-legal, para el derecho procesal penal, es una declaración jurada, útil para la valoración de un elemento de prueba de la imputación, o para los fines del procedimiento de ejecución, ordenada por el magistrado penal y dada a él por persona (perito) diversa de aquella que por otros títulos intervienen en el proceso penal, . sobre observaciones técnicas cumplidas por ella por encargo de la autoridad judicial y durante el proceso, en torno a hechos, a personas o cosas que se examinan después de la perpetración del hecho punible,

con referencia al momento del mismo por el cual se procede y a los efectos causados por dicho hecho punible

REQUISITOS FORMALES DE LA EXPERTICIA MEDICO-LEGAL

1.Mandato.

2.Aceptación

3.Juramentación.

4.Realización.

5.Informe.

MANDATO: “Son atribuciones del Ministerio Público..ordenar y dirigir la investigación penal de la perpetración de los hechos punibles para hacer constar su comisión…(art 285 Ord 3º CRBV)

ACEPTACIÓN: “Todo médico cirujano se considera adjunto al juzgado de la demarcación en que resida, y acudirá al llamamiento del juez, a menos que motivos legítimos se lo impidan (art. 1 CIMF). Citación de la víctima, expertos, intérpretes y testigos. Art. 184 COPP.