Como podemos ver , hay una clara contradicción , porque por un lado se señala que queda prohibida la subcontratación y por otro , con otras palabras se sigue permitiendo ; para explicarlo de manera más informal , me permito hacer una analogía ; recuerdo aquel programa de televisión , en donde el actor Eugenio Derbéz interpretaba a uno de sus personajes “ El Súper Portero ”, al cual durante el sketch de comedia , cuando nombraba una marca lo interrumpían y le decían que no podía hacer esa mención y le decían que usara otras palabras para referirse a lo mismo ; por ejemplo , para sustituir la marca de pan “ Bimbo ”, le pedían que dijera “ pan para sándwiches en rebanadas en bolsa con un osito ”; es decir , incluso en la reforma no desaparece el outsourcing ( la subcontratación ), simplemente describen este esquema con otras palabras y con una modalidad más segmentada , pero en sí , permitiendo que sigan “ las empresas especializadas ” y siga existiendo la subcontratación .
el empleado definitivamente siempre tendrá la opción de trabajar bajo este esquema o buscar la contratación directa , en caso de que su profesión u oficio se encuentren en el mercado .
¿ Cómo afectará a las empresas esta reforma ?
a ) Implicará un cambio administrativo , pues de aprobarse obligará a las empresas a contratar abogados para absorber a los trabajadores de manera directa , es engorroso y requiere de un conocimiento técnico , hacer expedientes y administrar personal .
b ) Creará un costo adicional por el tema del reclutamiento y selección , porque ahora las agencias van a cobrar por esos servicios , que actualmente prestan de forma gratuita como parte del paquete del servicio de subcontratación .
c ) Las empresas ahora deberán aperturar un departamento interno de nómina , que no es el giro de la empresa y que requiere contratar personal altamente especializado por tan complejo que es este proceso administrativo , muy pocos le entienden por tantas excepciones que tiene la ley , sin dejar de mencionar la infinidad de obligaciones formales relacionadas , IMSS , INFONAVIT , Impuestos Estatales , Ley Federal del Trabajo .
Si en verdad lo que se quisiera es acabar con esta modalidad aludida , debería redactarse la ley en el sentido de que deje de existir la subcontratación y la prestación de servicios especializados , que todas las empresas únicamente puedan contratar de manera directa a sus trabajadores sin importar si es una empresa pequeña o grande , o si es del sector público o privado .
Bajo esta óptica , considero que nuestro Gobierno Federal debe dejar que exista la libertad e inclusive en esta modalidad de subcontratación , porque
PTU
Esta prestación laboral per se , es algo injusto y contradictorio , es pagar utilidades al trabajador cuando a veces este no aportó algo especial para su generación .
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo , la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas está condicionada a dos elementos : www . revistaconsultoria . com . mx 37