referidos a manejo y conservación de los recursos
bioacuáticos y de la calidad del medio ambiente (3).
Un importante objetivo del Plan es este último pues per-
mitiría el nexo con la OROP/PS que, cuando se formuló
el documento de planificación del sector pesquero en el
Ecuador, aun estaba en proceso de negociación y muy se-
guramente no se consideró de manera específica.
Otro objetivo que debe destacarse en el mencionada "Plan
de Ordenamiento de la Pesca y la Acuicultura", es el de-
sarrollar un nuevo sistema de Investigación pesquera, que
sirva para el mantenimiento y desarrollo sustentable de las
pesquerías artesanales.
El examen de las OROP como organizaciones regionales
para el ordenamiento pesquero, permite evidenciar cuales
son las ventajas para un país como Ecuador que busca, con
la finalidad de prevenir su extinción, regla mentar y contro-
lar la extracción de los recursos marinos, garantizando su
empleo para las generaciones venideras.
En complemento a lo anterior, la Constitución ecuatoriana
de 2008, es compatible con la Convención que crea la
OROP/PS. A este respecto cabe destacar el artículo NO.74
del texto constitucional que indica que: "El estado aplicará
medidas de precaución y restricción para las actividades
que puedan conducir a la extinción de especies, la destruc-
ción de ecosistemas o la alteración permanente de los entes
naturales" (Asamblea Nacional, 2008, 52). Adicionalmen-
te, el artículo 72, establece como política ambiental que la
naturaleza es considerada como un sujeto de derecho y no
como un objeto de derecho. Textualmente señala el artícu-
lo 72 que:
"( ... ) la naturaleza o Pachamama tiene derecho
a que se respete integralmente su existencia y el
mantenimiento y regeneración de sus ciclos vita-
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