Revista Caracter 1 - 2012 Vol. 1 | Page 40

deterioro medioambiental del acervo ecológico y recursos naturales, irreparables durante decenas de años, o centenas de años en casos de grave contaminación, por ejemplo por radiactividad, en el caso de transporte de desechos radiactivos. Al acoger y adoptar esta normatividad, con toda la conceptualización, diseños, organización y proce- dimientos que implica, se están cumpliendo los más altos estándares en exigencias de controles operacionales, de calidad y de seguridad lo cual facilita el lograr expandir los servicios marítimos y de transporte marítimo, negocian- do a nivel bilateral, y regional internacional. Acuerdos y convenios relacionados con aceptación o integración de compañías o sistemas de transporte marítimo. Se requeri- ría una validación de sus equipos, buques, naves marinas en general, tanques, dispositivos y equipos de recipientes, atención y respuestas de emergencias, movilización de la carga, almacenamiento, transporte y rescate. Se necesita- ría la capacitación, competencias y habilidades que califi- can al personal que labora a bordo de las embarcaciones o en instalaciones portuarias, terminales marítimos o zonas portuarias por garantizar la seguridad física, operacional de eficiencia y de prevención de formas de contaminación del mar, de sus recursos y de los seres que lo habitan. Se conso- lida así la posibilidad de ingresar a otros mercados, o inte- grar un mercado regional internacional, en el que se ofrecen servicios de empresas marítimas y de transporte marítimo que cumpliendo los convenios marítimos internacionales. Ofrecer los más altos niveles en controles de calidad y efi- ciencia en el servicio a través de toda su cadena logística, con excelente organización, bajo costo operacional, alto ni- vel de capacitación y efectividad de sus empleados (gente de mar). Cumplir toda la normatividad con niveles muy al- tos de seguridad en preservación medioambiental, caracte- rísticas y condiciones que hacen inmejorables los servicios ofertados, por la respectiva empresa marítima o naviera y por el Estado o grupo de Estados que auspician la empresa, 46