Revista Caracter 1 - 2012 Vol. 1 | Page 23

corrientes y de los viento (51). Volviendo al tema de la razones por las cuales considerar al Ecuador un país marítimo, se puede se- ñalar que actualmente el país es sede permanente de importantes organismos regionales marítimos como la anteriormente señalada Comisión Permanente del Pacífico Sur - CPPS, que fue creada en el mismo escenario de la ya mencionada Declaración de San- tiago de 1952 y que actualmente tiene como función principal la coordinación de las políticas marítimas de: Colombia, Chile, Ecuador y Perú, en defensa de sus intereses marítimos comunes, para la promoción de su desarrollo sustentable, apoyados en las grandes riquezas que poseen en sus aguas y zonas costeras so- bre el océano Pacífico. Es precisamente en el escenario de la CPPS que también Ecuador, junto con los otros tres países que la conforman, ha sido pionero en la adopción de otros mecanismos de protección de los recursos vi- vos ubicados más allá de sus aguas jurisdiccionales de 200 millas, como ocurrió en el año 2000, cuan- do se firmó el "Acuerdo para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos de la Alta Mar del Pacífico Sudeste - Acuerdo de Galápagos ", en respuesta de los cuatro países a las recomendaciones que hizo la Organización de las Naciones Unidas para la Alimen- tación y la Agricultura (FAO), sobre la necesidad de adoptar medidas urgentes para proteger los recursos pesqueros de la Alta Mar, donde la pesca es libre, de la sobrexplotación, por lo que es necesario regularla, según lo prevén los artículos 116 y 117 de la COVE- MAR. Lastimosamente, el Acuerdo de Galápagos, como se llama de manera abreviada a este importante instru- mento jurídico regional, no ha entrado en vigor hasta la fecha, pero Ecuador es parte de otras Organizacio- 29