Revista Caracter 1 - 2012 Vol. 1 | Page 20

descomposición de los cuerpos de los cetáceos" (prin- cipalmente los cachalote, 80% de la captura), que llevaban arrastrando a los lugares de procesamiento (Chiriboga, 1972). Así mismo, es muy interesante ver en mayor detalle algunos apartes de la Declaración de Santia- go sobre Zona Marítima, de 1952 y compararlos con los correspondientes de la CONVEMAR, para poder apreciar de mejor forma la magnitud de la contri- bución de los tres países miembros de la CPPS7, en 1952, entre ellos Ecuador, a la normatividad interna- cional marí tima. En concreto se pueden compara los artículos 1 y II de la Declaración de Santiago sobre Zona Maríti- ma, que dicen lo siguientes: 1. Los factores geológicos y biológicos que con- dicionan la existencia, conservación y desarro- llo de la fauna y flora marítimas en las aguas que bañan las costas de los países declarantes, hacen que la antigua extensión del mar territo- rial y de la zona contigua sean insuficientes para la conservación, desarrollo y aprovechamiento de esas riquezas a que tienen derecho los países costeros. 1 I. Como consecuencia de estos hechos, los Go- biernos de Chile, Ecuador y Perú proclaman como norma de su política internacional maríti 4 Cetáceo es un orden biológico que agrupa a las especias de mamí- teros estrictamente acuáticos que tienen adaptaciones corporales especiales como aletas, cuerpos fusiformes con hidrodinámica, válvula que impide el ingreso de agua al sistema respiratoria durante la inmersión y que en esencia viven un 100% del tiempo dentro del agua. A ellos pertenecen las ballenas y los delfines (Trujillo, 2005) 5 Actualmente la Comisión Permanente del Pacífico Sur - CPPS, está integrada por cuatro países: Colombia, Chile, Ecuador y Perú, ya que Colom- bia se hizo parte de esta organización Intergubernamental en 1979. 26