Revista Aranzadi de Derecho Ambiental - Wladimir Tene Revista Aranzadi de Derecho Ambiental | Page 28

Navarra. LOZANO CUTANDA, B. (2008): “Nuevas perspectivas en materia de responsabilidad ambiental de la Unión Europea ( Directiva 2004/35/CE)”, en VERCHER NOGUERA, A. (Dir.): Derecho europeo medioambiental: La protección del medio ambiente en la Unión Europea. Aspectos críticos, Consejo General del Poder Judicial, Madrid. MARTOS NUÑEZ, J. (2006): Derecho Penal Ambiental, Exlibris ediciones, Madrid. MINISTERIO DEL AMBIENTE (2016): Pasivos Ambientales y Reparación Integral: Experiencias de Gestión en el Ecuador , primera edición, Quito, Ecuador. MUÑOZ CONDE, F., LÓPEZ PEREGRÍN, C., y GARCÍA ÁLVAREZ, P. (2015): Manual de derecho penal medioambiental, Tirant lo Blanch, Valencia. PEDRAZA LAYNEZ, J. (2016): La responsabilidad por daños medioambientales, Aranzadi, Navarra. PRIETO MÉNDEZ, J. (2013): Derechos de la naturaleza. Fundamento, contenido y exigibilidad jurisdiccional, Corte Constitucional del Ecuador, CEDEC, Quito. RUDA GONZÁLEZ, A: (2008): El daño ecológico puro, Aranzadi, Navarra. RUIZ GUZMÁN, A. (2015): Aproximación al estudio de las garantías jurisdiccionales, Universidad de Guayaquil, Guayaquil. SÁNCHEZ MORÓN, M. (2011): Derecho Administrativo, Tecnos, 7 edición, Madrid. SERRANO TÁRRAGA, M., SERRANO MAÍLLO, A., y VÁZQUEZ GONZÁLEZ, C. (2017): Tutela penal ambiental, Dykinson, 3 edición, Madrid. TERÁN SUÁREZ, J. (2014): “El derecho ambiental y la legislación penal en el Ecuador”, en Revista de investigaciones jurídicas ILLUMANTA, Corte Nacional de Justicia, Quito. VALENCIA MARTIN, G. (2005). “El impacto (favorable) de la Directiva 2004/35/CE en el <> español actual de responsabilidad por daños ambientales”, en AAVV, Estudios sobre la Directiva 2004/35/CE de responsabilidad por daños ambientales y su incidencia en el ordenamiento español . Thomson Reuters Aranzadi, Cizur Menor. VALENCIA MARTIN, G. (2010), “La responsabilidad medioambiental”, Revista General de Derecho Administrativo , núm. 25. YANGUAS MONTERO, G. (2006): El daño no patrimonial en el derecho del medio ambiente, Aranzadi, Navarra. ZAMBONINO PULITO, M. (2008): “El sistema de responsabilidad ambiental. Estudio de su régimen y límites”, Revista general de Derecho Administrativo, núm. 18. NOTAS AL PIE DE PÁGINA 1 Esta ley, a este respecto, obedecía al legado de las disposiciones emanadas por la Constitución de 1998 cuyos rasgos parciales, sin que sea su objetivo, dimanan de un régimen público de responsabilidad ambiental en la prevención y precaución del daño ambiental, así como la responsabilidad patrimonial del Estado cuando se producía una lesión ambiental como consecuencia de la prestación deficiente de los servicios públicos o de los actos de sus funcionarios y empleados, en el desempeño de sus cargos -artículo 20 en concordancia con el 91-. 2 Esta medida administrativa parecería estar reconocida como una de las atribuciones implícitas de la Administración pública (la de controlar o verificar sus disposiciones), pues la misma no constituye una reprimenda o sanción administrativa, como tampoco una orden de ejecución para reparar los daños. Dicha disposición, por el principio de legalidad, no podría extenderse más allá de lo que disponía el artículo 40 de la ley de gestión, la misma que tipificaba la obligación de