Revista actualicese.com Revista No. 34. Julio 2014 | Page 6
INFORME ESPECIAL
Cálculo de la RGA
en el IMAS para
trabajadores por
cuenta propia
Conceptos para determinar la Renta
Gravable Alternativa (RGA) en la
categoría de empleados
Los únicos conceptos que se incluyen en la determinación de la RGA son los
indicados en los literales del a) al j) del artículo 332 del E.T.:
•
Indemnizaciones en dinero o en especie.
•
Aportes obligatorios al sistema general de seguridad social a
cargo del empleado.
•
Gastos de representación.
•
Pagos catastróficos en salud efectivamente certificados (superiores al 30% del ingreso bruto del año gravable).
•
Pérdidas por desastres o calamidades públicas.
•
Aportes obligatorios al sistema de seguridad social de un empleado(a) servicio doméstico.
•
Costo fiscal, de los bienes enajenados, que no pertenecen al
desarrollo del negocio.
•
Indemnización por seguros de vida.
•
Exceso del salario básico de los oficiales y suboficiales de las
Fuerzas Militares y la Policía Nacional.
•
Seguro y compensación por muerte de las Fuerzas Militares
y la Policía Nacional.
•
Indemnización por accidente de trabajo o enfermedad.
•
Licencia de maternidad.
•
Gastos funerarios.
•
Retiros de los fondos de cesantías.
En consecuencia, la RGA se calcula tomando los ingresos brutos ordinarios
(sin incluir ingresos por pensiones; ver renglón 72 en el formulario 210, y el
30 en el 230) y restandole solamente las partidas autorizadas en el artículo
322 del E.T. (renglones 73 a 82 en el formulario 210; o 33 a 45 en el 230).
Vencimientos 2014 Impuesto
de Renta y Complementarios
personas naturales y
sucesiones ilíquidas
D
e acuerdo con lo estipulado en el artículo 14
del Decreto Reglamentario 2972 de 2013; los
plazos para presentación y pago de las declaraciones
de renta y complementarios de las personas naturales van
desde el 12 de agosto de 2014 hasta el 22 de octubre del mismo año de
acuerdo a los últimos dos dígitos del NIT. Estas fechas aplican por igual a
todos los formularios (110, 210, 230 y 240).
6
e obtiene de tomar la totalidad de los
ingresos brutos ordinarios obtenidos
en el periodo gravable (sin incluir ingresos
por pensiones; ver renglones 30 y 31 en
el formulario 240), y restarle únicamente
las devoluciones, rebajas y descuentos,
además de los conceptos indicados en los
literales del a) al h) del artículo 339 del E.T.
(renglones 36 a 42 en el formulario 240).
Dividendos y participaciones no gravados.
•
S
actualicese.com / julio de 2014
Impuesto Mínimo
Alternativo Nacional –
IMAN, en la categoría de
empleados
E
l Impuesto Mínimo Alternativo Nacional IMAN, es un sistema alterno y obligatori