Revista actualicese.com Revista No. 34. Julio 2014 | Page 5

INFORME ESPECIAL Considerados Otros Contribuyentes Quienes no clasifiquen en las otras dos categorías (empleado o trabajador por cuenta propia), tales como: • • • • Notarios. Trabajadores por cuenta propia que no ejercen actividades del artículo 340 del E.T. Trabajadores por cuenta propia con ingresos superiores a 27.000 UVT. Pensionados. Sistema ordinario para la liquidación del impuesto de renta A ntes de la entrada en vigencia de la Ley 1607 de 2012, el sistema ordinario que establece el artículo 26 del E.T. era el único método de cálculo aceptado para la liquidación de la declaración del impuesto de renta; a partir de dicha ley se agregaron dos sistemas alternativos y simplificados para este cálculo. Sin embargo el sistema ordinario no ha desaparecido y el proceso a seguir, en concordancia con lo establecido en el Título I del Libro I del Estatuto Tributario Nacional, e ́