Revista actualicese.com Revista No. 31. Abril 2014 | Page 5
INFORME ESPECIAL
Publicado: 3 de marzo de 2014
Declaraciones de Renta y Complementarios para
personas jurídicas, año gravable 2013
Formato 1732 para año gravable 2013
tiene importantes novedades
A través de la Resolución
0060 de febrero 20 de 2014
la DIAN volvió a exigir que
por el año gravable 2013,
junto con el formulario 110,
algunos declarantes de renta deberán elaborar primero
en XML la nueva versión 6.0
de su “Formato 1732-Información con relevancia tributaria”, el cual trae 457 renglones en los que se hicieron
nuevos ajustes a causa de los
cambios introducidos con la
Ley 1607 de 2012 y hasta de
los fallos de la Corte Constitucional durante el 2013 sobre
dicha Ley.
A
l igual que lo sucedido en la declaración de renta de los obligados a llevar contabilidad por los
años gravables 2011 y 2012, la DIAN de
nuevo, con el artículo 2 de la Resolución
0060 de febrero 20 de 2014, ha exigido
que ciertos declarantes de renta obligados a llevar contabilidad durante el 2013,
y que presentarán su declaración de renta
año gravable 2013 en el formulario 110
(el cual quedó definido en el artículo 1 de
la misma resolución), le deberán elaborar
también el “Formato 1732” (información
con relevancia tributaria; artículo 6313 del E.T.) el cual tiene nueva versión
“6.0” (para el año gravable 2012 se usó
la versión 5.0) e igualmente viene acompañado de su respectivo instructivo.
En el artículo 2 de la Resolución 0060 se
dispuso que los obligados a elaborar el
formato 1732, versión 6.0 serían:
“Artículo 2. Información con relevancia tributaria. Deberán presen-
tar la información con relevancia
tributaria correspondiente al año
gravable 2013 o fracción del año
gravable 2014, teniendo en cuenta
el Formato N° 1732 denominado
“Formato y Especificaciones para
el Suministro de la Información con
Relevancia Tributaria – Año Gravable 2013”:
c) Los importadores que durante el
año 2013 hayan presentado una o
más declaraciones de importación
y que en la declaración de renta
del año gravable 2012, hubieren
declarado ingresos brutos y/o patrimonio bruto superior a mil doscientos cincuenta millones de pesos
($1.250.000.000).
a) Quienes a 31 de enero de 20