Revista actualicese.com Revista No. 31. Abril 2014 | Page 5

INFORME ESPECIAL Publicado: 3 de marzo de 2014 Declaraciones de Renta y Complementarios para personas jurídicas, año gravable 2013 Formato 1732 para año gravable 2013 tiene importantes novedades A través de la Resolución 0060 de febrero 20 de 2014 la DIAN volvió a exigir que por el año gravable 2013, junto con el formulario 110, algunos declarantes de renta deberán elaborar primero en XML la nueva versión 6.0 de su “Formato 1732-Información con relevancia tributaria”, el cual trae 457 renglones en los que se hicieron nuevos ajustes a causa de los cambios introducidos con la Ley 1607 de 2012 y hasta de los fallos de la Corte Constitucional durante el 2013 sobre dicha Ley. A l igual que lo sucedido en la declaración de renta de los obligados a llevar contabilidad por los años gravables 2011 y 2012, la DIAN de nuevo, con el artículo 2 de la Resolución 0060 de febrero 20 de 2014, ha exigido que ciertos declarantes de renta obligados a llevar contabilidad durante el 2013, y que presentarán su declaración de renta año gravable 2013 en el formulario 110 (el cual quedó definido en el artículo 1 de la misma resolución), le deberán elaborar también el “Formato 1732” (información con relevancia tributaria; artículo 6313 del E.T.) el cual tiene nueva versión “6.0” (para el año gravable 2012 se usó la versión 5.0) e igualmente viene acompañado de su respectivo instructivo. En el artículo 2 de la Resolución 0060 se dispuso que los obligados a elaborar el formato 1732, versión 6.0 serían: “Artículo 2. Información con relevancia tributaria. Deberán presen- tar la información con relevancia tributaria correspondiente al año gravable 2013 o fracción del año gravable 2014, teniendo en cuenta el Formato N° 1732 denominado “Formato y Especificaciones para el Suministro de la Información con Relevancia Tributaria – Año Gravable 2013”: c) Los importadores que durante el año 2013 hayan presentado una o más declaraciones de importación y que en la declaración de renta del año gravable 2012, hubieren declarado ingresos brutos y/o patrimonio bruto superior a mil doscientos cincuenta millones de pesos ($1.250.000.000). a) Quienes a 31 de enero de 20