Revista actualicese.com Revista No. 25. Octubre 2013 | Page 11
Actualidad / Impuestos
Publicación: 23 de septiembre de 2013
Cuantías mínimas no sujetas a
retención del impuesto de renta
DIAN confirma que en la autorretención del CREE
no se toman en cuenta.
En primer lugar, la DIAN confirmó lo
que esa misma entidad ya había mencionado mediante su Boletín 160 de septiembre 6
de 2013, indicando que en la autorretención
del CREE no se deben tomar en cuenta las
“cuantías mínimas” no sujetas a retención
que se utilizan para efectos de la retención a
título del impuesto tradicional de renta.
Para sustentar lo anterior y luego de citar los dos primeros incisos del art. 4 del
Decreto 1828 en los cuales se dispuso que
las bases para el cálculo de las retenciones
del impuesto tradicional de renta serán las
mismas que se utilicen para el cálculo de la
autorretención del CREE, pero diciendo seguidamente que habrá 7 casos especiales en
los que eso no se cumplirá. La entidad dijo
lo siguiente:
A través del Concepto 59385 de
septiembre 19 de 2013 la DIAN ha
confirmando que en el texto del
Decreto 1828 de 2013 no se ha
autorizado a los autorretenedores
del CREE que puedan tener en
cuenta las “cuantías mínimas” no
sujetas a retención del impuesto de
renta. Confirmó también que dicha
autorretención se debe practicar en
todos los casos sin importar el tipo
de cliente o tercero del cual estén
recibiendo los respectivos pagos o
abonos en cuenta.
P
ara despejar dos importantes dudas
alrededor del tema de la autorretención a título del impuesto a la renta
para la equidad, CREE, establecida con el
Decreto 1828 de agosto 27 de 1013 y que se
está aplicando desde el 1 de septiembre de
2013 en adelante, la DIAN ha expedido el
Concepto 59385 de septiembre 19 de 2013
donde se confirman varias interpretaciones que desde nuestro portal hemos venido
dando a los grandes cambios establecidos
con dicho decreto.
“En el art. 4 del decreto 1828 de 2013
se estableció lo referente a las bases especiales para calcular la retención, tomando para ello las establecidas en el
impuesto sobre la renta y complementarios y haciendo algunas precisiones particulares para ciertas actividades.
Al referirse a las bases para calcular
la retención del CREE y tomar en cuenta las existentes en renta, quiso el reglamento reconocer aquellos casos en que la
autorretención no puede efectuarse sobre
el ingreso nominal sino sobre lo que en
efecto sea gravado para el sujeto pasivo,
es decir que en algunos casos será necesario una depuración para así obtener la
base a la cual se aplica la tarifa.
Sin embargo, frente a las cuantías
mínimas a partir de las cuales debe hacerse la retención, que están previstas
para el impuesto sobre la renta y complementarios, el decreto en mención no
hizo expresa consagración. Y es que no
debe olvidarse que es distinta la base de
retención, de la cuantía o valor mínimo
a partir del cual deba hacerse la autorretención.
En este punto consideramos importante mencionar solo un ejemplo que ayude
a comprender la diferencia. El decreto
2775 de 1983 que dictó unas disposiciones en materia de retención en la fuente
del impuesto sobre la renta, en el inciso
3 del art. 1 distingue entre cuantías mínimas y bases para la retención en los
siguientes términos.
´Cuando los intereses a que se refiere
el inciso 2 del art. 1 del Decreto 2715 de
1963 correspondan a un interés diario
de veintisiete pesos ($27) o más, para
efectos de la retención en la fuente se
considerará el valor total del pago o
abono en cuenta. La base y la tarifa aplicables serán las previstas en el Decreto
2026 de 1983.
Entonces, los conceptos de base y de
cuantía mínima son disímiles y