Revista actualicese.com Revista No. 25. Octubre 2013 | Page 11

Actualidad / Impuestos Publicación: 23 de septiembre de 2013 Cuantías mínimas no sujetas a retención del impuesto de renta DIAN confirma que en la autorretención del CREE no se toman en cuenta. En primer lugar, la DIAN confirmó lo que esa misma entidad ya había mencionado mediante su Boletín 160 de septiembre 6 de 2013, indicando que en la autorretención del CREE no se deben tomar en cuenta las “cuantías mínimas” no sujetas a retención que se utilizan para efectos de la retención a título del impuesto tradicional de renta. Para sustentar lo anterior y luego de citar los dos primeros incisos del art. 4 del Decreto 1828 en los cuales se dispuso que las bases para el cálculo de las retenciones del impuesto tradicional de renta serán las mismas que se utilicen para el cálculo de la autorretención del CREE, pero diciendo seguidamente que habrá 7 casos especiales en los que eso no se cumplirá. La entidad dijo lo siguiente: A través del Concepto 59385 de septiembre 19 de 2013 la DIAN ha confirmando que en el texto del Decreto 1828 de 2013 no se ha autorizado a los autorretenedores del CREE que puedan tener en cuenta las “cuantías mínimas” no sujetas a retención del impuesto de renta. Confirmó también que dicha autorretención se debe practicar en todos los casos sin importar el tipo de cliente o tercero del cual estén recibiendo los respectivos pagos o abonos en cuenta. P ara despejar dos importantes dudas alrededor del tema de la autorretención a título del impuesto a la renta para la equidad, CREE, establecida con el Decreto 1828 de agosto 27 de 1013 y que se está aplicando desde el 1 de septiembre de 2013 en adelante, la DIAN ha expedido el Concepto 59385 de septiembre 19 de 2013 donde se confirman varias interpretaciones que desde nuestro portal hemos venido dando a los grandes cambios establecidos con dicho decreto. “En el art. 4 del decreto 1828 de 2013 se estableció lo referente a las bases especiales para calcular la retención, tomando para ello las establecidas en el impuesto sobre la renta y complementarios y haciendo algunas precisiones particulares para ciertas actividades. Al referirse a las bases para calcular la retención del CREE y tomar en cuenta las existentes en renta, quiso el reglamento reconocer aquellos casos en que la autorretención no puede efectuarse sobre el ingreso nominal sino sobre lo que en efecto sea gravado para el sujeto pasivo, es decir que en algunos casos será necesario una depuración para así obtener la base a la cual se aplica la tarifa. Sin embargo, frente a las cuantías mínimas a partir de las cuales debe hacerse la retención, que están previstas para el impuesto sobre la renta y complementarios, el decreto en mención no hizo expresa consagración. Y es que no debe olvidarse que es distinta la base de retención, de la cuantía o valor mínimo a partir del cual deba hacerse la autorretención. En este punto consideramos importante mencionar solo un ejemplo que ayude a comprender la diferencia. El decreto 2775 de 1983 que dictó unas disposiciones en materia de retención en la fuente del impuesto sobre la renta, en el inciso 3 del art. 1 distingue entre cuantías mínimas y bases para la retención en los siguientes términos. ´Cuando los intereses a que se refiere el inciso 2 del art. 1 del Decreto 2715 de 1963 correspondan a un interés diario de veintisiete pesos ($27) o más, para efectos de la retención en la fuente se considerará el valor total del pago o abono en cuenta. La base y la tarifa aplicables serán las previstas en el Decreto 2026 de 1983. Entonces, los conceptos de base y de cuantía mínima son disímiles y