Congreso de la Republica de Guatemala
a) Deducir como gasto el monto de la indemnización efectivamente pagada; o,
b) En el caso de que opte por utilizar el método de reserva, la misma no excederá el
monto
del
pasivo
laboral
por
concepto
de
indemnizaciones.
No obstante lo anterior, si la reserva realmente acumulada no alcanzare para cubrir
el pago de dichas indemnizaciones, la diferencia también será deducible como gasto
del ejercicio, por el monto que le corresponda al trabajador conforme las
disposiciones del Código de Trabajo o el pacto colectivo correspondiente. Sin
perjuicio de lo anterior, una vez elegido el método de deducción directa o de
reserva, éste solo puede ser cambiado con autorización previa de la Administración
Tributaria, en los casos que se justifique la necesidad del cambio. En los casos que
se autorice el cambio, éste tendrá efecto en el período de liquidación definitiva anual
inmediato siguiente a aquél de su autorización.
ARTICULO 12. Deducción de gastos por arrendamiento.
Para efecto de la deducción del gasto establecido en el articulo 21 numeral 13 de la
ley, es deducible el gasto derivado del arrendamiento financiero o del arrendamiento
operativo, de bienes muebles o inmuebles, siempre que dichos bienes sean
utilizados para la producción de la renta gravada del contribuyente.
ARTICULO 13. Mejoras en inmuebles arrendados.
Para los efectos del artículo 21 numeral 14 segundo párrafo de la Ley, en los casos
de construcci