Congreso de la Republica de Guatemala
más de una propiedad ya sea en el régimen de copropiedad, propiedad horizontal,
condominios u otras formas similares de propiedad.
*Adicionado por el Artículo 3, del Acuerdo Gubernativo Número 167-2014 el 06-062014
ARTICULO 25. B*
La integración final de los ingresos, costos y gastos de cada proyecto a que se
refieren los artículos 34, 35 y 35 "A" de la Ley, deberán presentarse conforme los
medios que establezca la Administración Tributaria, como anexo a la declaración
jurada anual y deberá contener como mínimo lo siguiente:
a) El plazo de duración de la obra, expresando fecha de inicio y fecha probable de
finalización.
b) Costo de adquisición del inmueble cuando corresponda. Si este fue revaluado,
incluir el monto de di