REGLAMENTO INTERNO DE LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE PASAJEROS EN TAXI “JULIO JARAMILLO No 94” | Page 5

vehículo continúe en la Cooperativa, el mismo deberá encontrarse fuera de impedimentos;

5.El Consejo de Administración aceptará o rechazará la solicitud de retiro voluntario de la socia o socio en el plazo de treinta días; y, en el caso de ser aceptada la petición, dispondrá al Gerente que realice la liquidación de haberes correspondientes, la misma que deberá ser firmada por el Contador, el Gerente, el Presidente del Consejo de Administración, el Presidente del Consejo de Vigilancia y la socia o socio que se retira; y,

6.La socia o el socio que tomó la decisión de retirarse voluntariamente se comprometerá en la misma petición, a firmar todos los documentos inherentes, para que la nueva socia o socio pueda legalizarse en los organismos correspondientes.

CAPÍTULO SEGUNDO

DEBERES Y DERECHOS DE LAS SOCIAS Y SOCIOS

Art. 5.- Deberes y Derechos de las Socias y Socios.- A más de lo establecido en la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria; su Reglamento General; y, el Estatuto; los deberes y derechos de las socias y socios son los siguientes:

a.Guardar lealtad absoluta a la Cooperativa y a las organizaciones de Integración;

b.Participar activamente en las Asambleas Generales, ejerciendo en ellas el derecho de analizar y proponer asuntos de interés para la Cooperativa con voz y voto, y cuando sean requeridos o convocados para el proceso eleccionario de la directiva pueden elegir y ser elegidas o elegidos; en cualquier caso la socia o socio deberá estar al día en sus obligaciones económicas, las mismas que deberán ser canceladas hasta el quinto día de cada mes, caso contrario se cobrará una multa del 10% cada mes del valor adeudado, luego de lo cual, el Consejo de Administración, le suspenderá los derechos políticos, entendiéndose esto como el derecho de no poder participar en las asambleas generales con voz y voto;

c.Recibir en igualdad de condiciones con las demás socias y socios los beneficios que otorgue la Cooperativa, incluyendo la ayuda moral o material para la solución de sus conflictos;

d.Al momento de ser aceptada como socia o socio recibirá de parte del Gerente un ejemplar del Estatuto y Reglamento de la Institución; con el fin de que conozca las normas de la Institución;

e.La socia o el socio que cumpla 25 (Veinte y cinco) años al servicio de la Cooperativa se hará acreedor al reconocimiento por parte de la misma a un anillo de oro.

f.La socia y el socio que falte al registro de asistencia diario en el control, será sancionada o sancionado de conformidad a lo dispuesto en el Capítulo de Sanciones del presente Reglamento;

g.La socia y el socio que registre su asistencia al control, fuera del horario resuelto por la Asamblea General, será sancionada o sancionado de conformidad a lo dispuesto en el Capitulo de Sanciones del presente Reglamento;

h.Obtener informes sobre la Gestión Administrativa y Económica por parte de los Organismos Competentes;

i.Asistir y participar en los eventos educativos, culturales, deportivos y más actos públicos que fueren organizados y autorizados por la Cooperativa; dentro del primer año de haber ingresado como socia o socio deberá capacitarse en Legislación de la Economía Popular y Solidaria, al menos 20 horas;

j.Mantener el respeto y la consideración a los Dirigentes, Socias y Socios;