REGLAMENTO INTERNO DE LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE PASAJEROS EN TAXI “JULIO JARAMILLO No 94” | Page 4

d)Ser legalmente capaz, estar en goce de los derechos de ciudadanía y demostrar buena conducta en su vida pública y privada, demostrada con el certificado de antecedentes penales; y, dos certificados de honorabilidad;

e)Declaración Juramentada de no ser empleado Público ni Privado por lo que su actividad principal será, brindar el servicio de transportes en taxis; no ser miembro de la fuerza pública en servicio activo, vigilante, autoridad o empleado civil que trabaje en los organismos relacionados con el tránsito y el transporte terrestre, de no mantener directamente o a través de terceras personas otras unidades de su propiedad en las diferentes Operadoras de Transporte Comercial de pasajeros en taxis en el país;

f)Cuando una o un aspirante haya sido aceptada/o como socia o socio, obligatoriamente, los primeros seis meses deberá conducir su unidad, luego de lo cual podrá utilizar los servicios de un chofer profesional; previo el cumplimiento de las obligaciones legales; y, Autorizado por el Consejo de Administración;

g)Proporcionar el nombre de la persona que lo sucederá en la Cooperativa en caso de fallecimiento; siempre que cumpla con los requisitos para ser socia o socio; caso contrario se procederá a lo que estipula la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria, su Reglamento General, el Estatuto o el presente Reglamento Interno;

h)Proporcionar el nombre de la persona que recibirá la ayuda de la Cooperativa por causa de muerte;

i)Datos del vehículo, copia de la matrícula y contrato de compraventa legalizado y/o factura;

j)El vehículo de la o él aspirante a socia o socio de la Cooperativa; deberá cumplir con las características autorizadas por las autoridades competentes;

k)Pagar la cuota de ingreso y los certificados de aportación por 1000.00 (Un mil dólares) por resolución del Consejo de Administración;

l)Socio que haya permanecido por menos de10 años dejará como bonificación una cuota de $500.00 (Quinientos dólares).

m)La socia o el socio que haya permanecido en la Cooperativa por 10 años o más queda exento el pago de los $500.00 (Quinientos dólares) de bonificación.

n)El Consejo de Administración de la Cooperativa aceptará o rechazará, transcurrido máximo treinta días de presentada la solicitud de ingreso de la nueva socia o socio. El Gerente dentro de los siguientes quince días, solicitará a la Superintendencia el Registro de las nuevas socias o nuevos socios, adjuntando una certificación de la Secretaria o secretario de la Cooperativa, que acredite el cumplimiento de lo establecido en la Ley, su Reglamento, el Estatuto Social y el presente Reglamento Interno; y,

o)Una vez que haya sido aceptada su solicitud en el caso de ingresar con otra unidad, obligatoriamente deberá adecuar el vehículo para brindar el servicio de transportes en taxi convencional; si únicamente se realiza el cambio de socio, no se tomará en cuenta el año del vehículo; sin embargo se sujetará a la Reglamentación de los Organismos Pertinentes.

Art. 4.-Requisitos y procedimientos de retiro de la socia o socio:

1.La socia o el socio que en cualquier tiempo decida retirarse voluntariamente de la Cooperativa, presentará por duplicado la solicitud al Consejo de Administración dando a conocer su decisión; y, podrá recomendar el ingreso de un reemplazante que cumpla con todos los requisitos;

2.La socia o el socio que permaneciere en la Cooperativa por menos de 2 años se sujetará al pago de una bonificación de $1000.00 (Mil dólares).

3.La socia o el socio deberá estar al día en todas sus obligaciones económicas, para que se dé trámite a la petición;

4.En la eventualidad de retirarse con el vehículo, deberá presentarlo pintado de otro color, caso contrario no se aceptará la solicitud; de igual forma en el caso de que el