REGLAMENTO INTERNO DE LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE PASAJEROS EN TAXI “JULIO JARAMILLO No 94” | Page 15

h.Expedirá boletines informativos Mensuales de la situación económica de la Cooperativa;

i.Podrá mantener en caja chica un (2) Salario Básico Unificado del Trabajador en General;

j.Asistir a las convocatorias de la Unión de Taxistas de Pichincha cuando no asista el Presidente, únicamente en el caso de ser socio; y,

k.Podrá ser removido del cargo por la Asamblea General con el voto secreto de más de la mitad de sus integrantes, con causa justa y motivadamente por la Asamblea General, por incumplimiento de las obligaciones a él encomendadas en el Contrato, por negligencia e incapacidad en sus funciones.

Art. 37.- El Gerente tendrá la precaución de que todo comprobante de egreso de caja, lleve el recibo, planilla, liquidación o factura que justifique el egreso o inversión, con autorización del SRI.

Si no se cumpliere con estos requisitos, los comprobantes respectivos serán desconocidos o rechazados por el Consejo de Vigilancia, salvo los gastos que el mismo Consejo podrá aprobarlos cuando no existen los comprobantes requeridos.

Art. 38.- Todos los muebles e inmuebles de la Cooperativa serán cuidadosamente inventariados previamente, para hacer el acta de entrega recepción con el nuevo Gerente, el mismo que responderá por su integridad y conservación.

CAPÍTULO SÉPTIMO

DE LAS COMISIONES ESPECIALES

Art. 39.- Las Comisiones especiales serán de dos clases: Permanentes y ocasionales; las primeras durarán 1 año en funciones y podrán ser reelegidos por un período más; estarán conformadas por tres Miembros; uno (1) del Consejo de Administración y dos (2) socias o socios de base; y serán las siguientes:

a.Educación;

b.Asuntos Sociales y Deportes;

c.Accidentes y Ayudas;

d.Ahorros; y,

e.Central de Radio y Comunicación;

Comisión de Educación

Art. 40.- La Comisión de Educación, planificará y llevará a cabo un sistema de capacitación sobre las normas que nos rigen; así como talleres de Relaciones Humanas y Servicio al Cliente, previo consentimiento del Consejo de Administración, de conformidad con el presupuesto y el Plan operativo.

En las sesiones de Asamblea General, la Comisión de Educación solicitará un espacio de 5 minutos para dar a conocer sobre las capacitaciones; anualmente informará sobre el cumplimiento del desarrollo del Proyecto educativo.

Comisión de Asuntos Sociales y Deportes

Art. 41.- La Comisión de Asuntos sociales y Deportes planificará y llevará adelante un programa de atenciones sociales y deportivos, así como coadyuvarán en las contingencias que se presenten con los Socios de la Cooperativa, entre otros: