Tabla X: Normas sobre Enterramientos, Incineraciones y Funerales: En la
Tabla X se contendrían normas sobre enterramientos e incineraciones,
funerales, etc. Se prohibía en el enterramiento en la ciudad.
Tablas XI Y XII: Prohibición de Contraer Matrimonios Mixtos: Las Tablas
XI, XII contienen la prohibición de contraer matrimonios mixtos, patricios-
plebeyos. Poco después esta prohibición fue derogada por la Ley Canuleia.
CARRERA DE LAS MAGISTRATURAS: EL CURSUS HONORUM
En tiempos de la República Romana, cuando un joven patricio alcanzaba los 16
años, ya podía comenzar su carrera política o ingresar en el ejército. No en vano,
desde esa edad ya podía vestir la toga virilis, la que le identificaba como un hombre, y
podía casarse, siguiendo las directrices de sus padres.
Las magistraturas romanas eran cargos políticos que formaban una rígida
carrera política y militar, muy jerarquizada, y en la que se iban escalando puestos a
medida que se había pasado por cargos inferiores y se acumulaba experiencia militar.
En Roma las magistraturas eran anuales, colegiadas, colectivas y gratuitas.
Formaban parte de una “carrera de Honores” que preemitía que algunos ciudadanos
escalaran posiciones ordenadamente desde magistraturas menores hasta las mas
importantes.
El Senado era una institución de carácter fuertemente conservador. Sus
miembros ocupaban el cargo de por vida (vitalicio). Sus decisiones no tenían fuerza de
ley, pero los cónsules difícilmente tomaban medidas contrarias a la opinión del
Senado.
Los Cónsules: En número de dos ejercían el poder ejecutivo. Manejaban la
administración, dirigían el ejército. Por otra parte, resolvían cuestiones
judiciales de suma importancia.
Los Pretores. Eran dos magistrados encargados de administrar justicia. El
pretor urbano atendía los problemas presentados por los ciudadanos romanos,
y el pretor peregrino se ocupaba de los presentados por los extranjeros.
Duraban un año en sus funciones, lo que nos indica que en Roma no había
jueces permanentes.