PRESTACIONES SOCIALES REVISTA U3 PRESTACIONES SOCIALES | Page 3

PRESTACIONES A CARGO DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL a. EPS – IPS (salud) b. Fondos de pensiones privados y públicos (colpensiones). Cuando el trabajador es afiliado por el empleador al sistema de seguridad social, corren por cuenta de este, las siguientes prestaciones sociales: a. Atención medica, quirúrgica y hospitalaria, por enfermedad común y por accidente de trabajo o enfermedad profesional b. Prestaciones económicas como consecuencia de accidente de trabajo o enfermedad profesional c. Licencia de maternidad Auxilio de cesantía (art. 249 c.s.t) d. Concepto: Pensión de Suma invalidez de dinero que el empleador debe pagar al trabajador a la terminación del contrato, para que su subsistencia durante el lapso f. atienda Gastos a de entierro que permanezca desempleado o cesante. e. Pensión de vejez g. Cuantía: Seguro de vida a un mes de salario Equivale por cada año de servicio y El proporcionalmente sistema de seguridad social en por fracción de año. Colombia está sin a cargo de: a cesantía: Trabajadores derecho Los trabajadores con salario integral. c. Aseguradoras de riesgos laborales (accidentes de trabajo o enfermedades profesionales) las cajas de compensación están a cargo del subsidio familiar. Si el empleador no afilia al trabajador a estas entidades o no paga las cotizaciones, debe responder directamente por estas prestaciones. PRESTACIONES SOCIALES A CARGO DEL EMPLEADOR SISTEMA DE LIQUIDACIÓN DE CESANTÍAS Es el consagrado en el art. 249 c.s.t. Y se SISTEMA aplica a los TRADICIONAL trabajadores antiguos vinculados por contrato de trabajo antes del 1 de enero de 1991, cuando no se acojan voluntariamente al nuevo sistema de liquidación anual.