PRESTACIONES SOCIALES REVISTA U3 PRESTACIONES SOCIALES | Page 3
PRESTACIONES A CARGO
DEL
SISTEMA
DE
SEGURIDAD SOCIAL
a. EPS – IPS (salud)
b. Fondos de pensiones privados y
públicos (colpensiones).
Cuando el trabajador es afiliado por el
empleador al sistema de seguridad
social, corren por cuenta de este, las
siguientes prestaciones sociales:
a. Atención medica, quirúrgica y
hospitalaria, por enfermedad común y
por accidente de trabajo o enfermedad
profesional
b. Prestaciones económicas como
consecuencia de accidente de trabajo
o enfermedad profesional
c. Licencia de maternidad
Auxilio de cesantía (art. 249 c.s.t)
d. Concepto:
Pensión de Suma
invalidez
de dinero que el
empleador debe pagar al trabajador a la
terminación del contrato, para que
su subsistencia durante el lapso
f. atienda
Gastos a de
entierro
que permanezca desempleado o cesante.
e. Pensión de vejez
g. Cuantía:
Seguro de
vida a un mes de salario
Equivale
por
cada
año
de
servicio
y
El proporcionalmente
sistema de seguridad
social en
por fracción de año.
Colombia
está sin
a cargo
de: a cesantía:
Trabajadores
derecho
Los trabajadores con salario integral.
c. Aseguradoras de riesgos laborales
(accidentes
de
trabajo
o
enfermedades profesionales) las cajas
de compensación están a cargo del
subsidio
familiar.
Si el empleador no afilia al trabajador
a estas entidades o no paga las
cotizaciones,
debe
responder
directamente por estas prestaciones.
PRESTACIONES SOCIALES A
CARGO DEL EMPLEADOR
SISTEMA DE LIQUIDACIÓN DE
CESANTÍAS
Es el consagrado en
el art. 249 c.s.t. Y se
SISTEMA
aplica
a
los
TRADICIONAL
trabajadores
antiguos vinculados
por contrato de
trabajo antes del 1
de enero de 1991,
cuando no se acojan
voluntariamente al
nuevo sistema de
liquidación
anual.