Presentado el Informe Anual 2016 sobre racismo en el estado español | Page 166

RACISMO SOCIAL
19:30, no se le permitió acudir a una cita del médico ni avisando con 10 días de antelación.
Desde la OID Aragón presentamos una papeleta de conciliación laboral por despido nulo por discriminación, así mismo realizamos una reclamación de cantidad por el dinero que le adeuda la empresa. Estamos pendientes de la celebración de los dos actos de conciliación.
En lo que a legislación se refiere, éstas son muy diferentes entre países. En algunos, por ejemplo, la explotación laboral severa no se considera un delito criminal, en otro solo se persigue en el caso de que una persona esté en situación irregular en el país o sólo se protege a nacionales de terceros países, pero no de otros países de la UE y esta diversidad normativa hace con que la cooperación entre los países sea extremadamente difícil, por no decir imposible. Los únicos países que garantizan el mismo nivel de protección frente a la explotación laboral de nacionales de la UE como de terceros países son Bélgica, Alemania, Francia y Países Bajos.
Por lo que se refiere a la explotación de inmigrantes, su situación de irregularidad constituye un importante factor de riesgo en España, junto con Eslovaquia, Austria, Bulgaria, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Malta, Países Bajos y Polonia, según datos del informe.
En España, por ejemplo se ve a la sociedad como « cómplice » en el fracaso a la hora de actuar contra la explotación laboral grave por los beneficios de explotar a inmigrantes. « No hay una condena social. No se frunce el ceño cuando un empresario tiene muchos inmigrantes irregulares que trabajan para él y les explota(…) No se condena que los inmigrante vivan en condiciones inhumanas », ha reconocido un representante de un sindicato en España, citado por el informe. El documento también señala un problema de « impunidad » y la falta de condenas, frecuentemente centradas además en castigar el tráfico humano y no tanto la explotación laboral en sí, así como la falta de compensación a las víctimas.
El informe cita el caso de un agente de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado español que admitió las dificultades a la hora de atajar redes criminales internacionales responsables de explotar a un gran número de trabajadores extranjeros al reconocer que « el sistema judicial no está preparado para asumir estos casos enormes », vinculados al crimen organizado.
Se ha verificado en el informe que las multas a las empresas que explotan a trabajadores extranjeros son demasiado bajas, incluido en países como Reino Unido, Austria, Bélgica, República Checa y Lituania. Y reconoce que la dificultad en identificar a los responsables también puede plantear problemas para acudir a la justicia y cita los casos de España, Italia e Irlanda, donde las empresas cierran y reabren bajo distintos nombres o se declaran en quiebra para evitar pagar salarios o compensación y ello dificulta perseguirles. Además, en la mayoría de países « raramente » se admite la explotación laboral infantil y se vincula a la mendicidad, como es el caso de Austria, República Checa, Grecia, Países Bajos, Polonia y Eslovaquia.
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