P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 53
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conformación de nuevos espacios públicos y al consolidación de una red ecológica, según
los lineamientos del proyecto “Parques del Río Medellín”
Convertir la proximidad al río, la infraestructura de movilidad y espacio público actual y en
proceso de construcción en detonantes de desarrollo y transformación de la ciudad, para
mejorar la calidad de vida de sus habitantes actuales y futuros, creando nuevos frentes de
ciudad sobre el río, regenerando las áreas deterioradas para nuevas actividades con mayor
diversidad de usos y promoviendo una ocupación del territorio más eficiente, sostenible y
equitativa.
Establecer acciones integrales para la responsable mezcla de usos, promoviendo la
incorporación de nuevos usos como la vivienda, generando áreas para la concentración de
actividades económicas y la reconversión o relocalización de la actividad industrial, la
generación de espacios de innovación, manteniendo como principio el respeto por los usos
establecidos, para lo cual se crearan normativas urbanísticas y protocolos ambientales para
la transición y convivencia de los usos del suelo.
Convertir la franja del río en la gran centralidad metropolitana, que permita la integración
regional y el eficiente y sostenible desarrollo de las actividades de ciudad, a través de la
construcción de los “Parques del Río”, la incorporación de equipamiento y dotacionales de
escala urbana y regional, promoviendo la sana mezcla de usos, y la integración entre los
procesos de renovación y consolidación de la ciudad.
Facilitar y promover una gestión del suelo eficiente y equitativo a través de la progresiva
integración predial definida por las Unidades de Actuación Urbanística o de gestión
contenidas en los planes parciales de renovación urbana.
Objetivos y estrategias institucionales y de gestión.
1. Promover acciones para consolidar una apuesta institucional de Medellín para facilitar los
procesos de reposición, ampliación e innovación de las redes de infraestructura para
garantizar la cobertura de servicios públicos, para lo cual deberá realizarse un plan de
proyección de redes, además de realizarse gestiones para el trabajo interinstitucional que
viabilicen la inversión de recursos públicos en dichos procesos de reconversión.
2. Establecer medidas para la prevención y mitigación de los riesgos tecnológicos y químicos,
para cual se deberán establecer estrategias interinstitucionales para la prevención y
mitigación, crear una reglamentación para la mitigación del riesgo, optimizar el uso eficiente
de los recursos humanos, tecnológicos ambientales y económicos, y proteger la vida de la
población.
Artículo 84. Alcances normativos y de gestión de los macroproyectos de Río. Los
macroproyectos del Rio tendrán los siguientes alcances normativos:
1. Los Macroproyectos de río podrán redistribuir aprovechamientos, obligaciones, densidades y
obligaciones de vivienda VIS y VIP al interior de cada macroproyecto y entre los tres
macroproyectos de río, siempre que no se superen los topes de densidad habitacional
establecidos por el POT.
2. Los macroproyectos deberán garantizar que la redistribución de aprovechamientos este
acorde a la capacidad de soporte de las zonas receptoras, así mismo deberá garantizar que
no se supere la densidad máxima de vivienda permitida para el conjunto del macroproyecto.
Revisión y Ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial – Medellín, 2014
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN
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