P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 54
3. Los macroproyectos deberán establecer las condiciones para la redistribución de los
aprovechamientos, la trasferencia y la venta de los derechos de construcción, según lo
establecido por el POT, en todo caso, para acceder a dichos beneficios se requiere de la
formulación del macroproyecto, el cual contendrá los instrumentos de planificación
complementaria aplicable a cada polígono de tratamiento cuando este lo requiera.
4. Será principio de los macroproyectos la protección a moradores donde se requieran
procesos de reasentamiento, favoreciéndolo en sitio, y la garantía de permanencia de las
actividades económicas siempre que esté en armonía con la norma general del POT.
5. Los macroproyectos de río deberán articular, armonizar y adoptar los instrumentos de
planificación complementaria como los planes parciales, los Planes Maestros, los Planes
Especiales de Manejo Patrimonial delimitados al interior de la AIE.
6. Los macroproyectos deberán establecer objetivos y estrategias para el sistema de acopios y
recolección de basuras, además de la identificación de zonas receptoras de equipamientos
para la transferencia de residuos en el marco del PGIRS municipal y el plan de
infraestructuras de servicios públicos de la ciudad.
7. Los macroproyectos deberán establecer planes para la identificación del déficit, la demanda
de equipamientos y los posibles puntos para la localización de equipamientos en sus
diferentes escalas.
8. En suelos de renovación los macroproyectos deben garantizar la coexistencia entre la
vivienda y la actividad industrial evaluando las condiciones de riesgo tecnológico e impactos
ambientales a partir de estudios de detalle previos al licenciamiento. Cada macroproyecto
definirá en que unidades de actuación serán procedentes los estudios de detalle. Estos
estudios de detalle para identificar el riesgo y establecer los parámetros de mitigación,
contarán con la aprobación del DAGRD, previo al licenciamiento
9. Los macroproyectos de rio deberán promover la localización de la vivienda a lo largo y
ancho del macroproyecto, sin embargo en las zonas donde se encuentre actividad industrial
activa, se deberán realizar acciones para garantizar el derecho de permanencia de la
industria, hasta tanto se transforme o traslade.
10. Los macroproyectos podrán modificar las secciones viales definidas por el sistema de
movilidad en el POT, siempre que no modifique la jerarquía vial.
11. Los macroproyectos deberán ajustar y detallar el sistema de movilidad – TPM para lo cual
deberá realizar estudios de movilidad como soporte de la reconfiguración del sistema de
movilidad.
12. El macroproyecto, a través del operador urbano respectivo, se vinculará a la formulación e
implementación del Plan de Infraestructuras que contendrá la apuesta de la ciudad para
financiar la reposición de redes de acueducto y alcantarillado en río y borde, en el cual
evaluara la implementación de estrategias como el TIF (financiamiento directo para EPM con
recursos de excedentes), entre otros.
13. En las áreas donde por la ejecución de obras públicas se genere un efecto plusvalía, el
municipio podrá aplicar el Decreto Municipal No. 752 de 2013 o la norma que lo adicione,
modifique o sustituya.
14. Los operadores urbanos de los macroproyectos en asocio con la Administración Municipal,
podrán revisar los avalúos catastrales.
15. Los macroproyectos del río y sus subzonas podrán definir un Plan de Infraestructuras de
servicios públicos, que contemple sistemas de financiación y etapas de desarrollo. Estos
deberán vincularse a las disposiciones del Plan de Infraestructuras que para la Ciudad
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Revisión y Ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial – Medellín, 2014
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN