P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 54

3. Los macroproyectos deberán establecer las condiciones para la redistribución de los aprovechamientos, la trasferencia y la venta de los derechos de construcción, según lo establecido por el POT, en todo caso, para acceder a dichos beneficios se requiere de la formulación del macroproyecto, el cual contendrá los instrumentos de planificación complementaria aplicable a cada polígono de tratamiento cuando este lo requiera. 4. Será principio de los macroproyectos la protección a moradores donde se requieran procesos de reasentamiento, favoreciéndolo en sitio, y la garantía de permanencia de las actividades económicas siempre que esté en armonía con la norma general del POT. 5. Los macroproyectos de río deberán articular, armonizar y adoptar los instrumentos de planificación complementaria como los planes parciales, los Planes Maestros, los Planes Especiales de Manejo Patrimonial delimitados al interior de la AIE. 6. Los macroproyectos deberán establecer objetivos y estrategias para el sistema de acopios y recolección de basuras, además de la identificación de zonas receptoras de equipamientos para la transferencia de residuos en el marco del PGIRS municipal y el plan de infraestructuras de servicios públicos de la ciudad. 7. Los macroproyectos deberán establecer planes para la identificación del déficit, la demanda de equipamientos y los posibles puntos para la localización de equipamientos en sus diferentes escalas. 8. En suelos de renovación los macroproyectos deben garantizar la coexistencia entre la vivienda y la actividad industrial evaluando las condiciones de riesgo tecnológico e impactos ambientales a partir de estudios de detalle previos al licenciamiento. Cada macroproyecto definirá en que unidades de actuación serán procedentes los estudios de detalle. Estos estudios de detalle para identificar el riesgo y establecer los parámetros de mitigación, contarán con la aprobación del DAGRD, previo al licenciamiento 9. Los macroproyectos de rio deberán promover la localización de la vivienda a lo largo y ancho del macroproyecto, sin embargo en las zonas donde se encuentre actividad industrial activa, se deberán realizar acciones para garantizar el derecho de permanencia de la industria, hasta tanto se transforme o traslade. 10. Los macroproyectos podrán modificar las secciones viales definidas por el sistema de movilidad en el POT, siempre que no modifique la jerarquía vial. 11. Los macroproyectos deberán ajustar y detallar el sistema de movilidad – TPM para lo cual deberá realizar estudios de movilidad como soporte de la reconfiguración del sistema de movilidad. 12. El macroproyecto, a través del operador urbano respectivo, se vinculará a la formulación e implementación del Plan de Infraestructuras que contendrá la apuesta de la ciudad para financiar la reposición de redes de acueducto y alcantarillado en río y borde, en el cual evaluara la implementación de estrategias como el TIF (financiamiento directo para EPM con recursos de excedentes), entre otros. 13. En las áreas donde por la ejecución de obras públicas se genere un efecto plusvalía, el municipio podrá aplicar el Decreto Municipal No. 752 de 2013 o la norma que lo adicione, modifique o sustituya. 14. Los operadores urbanos de los macroproyectos en asocio con la Administración Municipal, podrán revisar los avalúos catastrales. 15. Los macroproyectos del río y sus subzonas podrán definir un Plan de Infraestructuras de servicios públicos, que contemple sistemas de financiación y etapas de desarrollo. Estos deberán vincularse a las disposiciones del Plan de Infraestructuras que para la Ciudad 52 Revisión y Ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial – Medellín, 2014 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN