P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | 页面 462

CAPÍTULO II. CORREDORES RURALES Artículo 503. Conexión Vial Aburrá - Río Cauca. Comprende los tramos: 1. Primer Tramo: entre la vía al túnel a partir de la intersección de ésta con la carretera al mar hasta el primer portal oriental de ingreso al túnel (la faja de 150m). 2. Segundo Tramo: entre el segundo portal de la salida al túnel por la via hasta el límite del corregimiento de San Sebastián de Palmitas con el municipio de San Jerónimo (la faja de 100m). En los depósitos de materiales (llenos) su utilización será la recomendada en el estudio de impacto ambiental presentado para obtener la licencia ambiental. En caso de que la pendiente del terreno sea igual o superior al 40% y menor al 60%, el desarrollo urbanístico del lote estará supeditado al estudio geológico-geotécnico del suelo, en el cual se determine su viabilidad. Se permitirá la localización de agrupaciones de locales para actividades económicas con las mismas condiciones establecidas para la categoría del uso del suelo. El área mínima del lote, altura y demás aprovechamientos para el área del predio localizada al interior del corredor se podrá consultar en el capítulo de aprovechamientos rurales, el desarrollo del área restante del lote ubicado por fuera de la faja del corredor, estará supeditado a las condiciones definidas para la respectiva categoría de uso en la que se localice. Primer Tramo: En la faja de terreno de ciento cincuenta metros lineales (150 m) medidos a ambos lados a partir del eje de la vía, este primer tramo del corredor es una área estratégica en la ciudad el cual a su vez está clasificado como una centralidad de orden metropolitano, toda vez que coincide con la ubicación del centro de logístico de transporte, este tramo del corredor hace parte de las áreas propuestas a desarrollar mediante el instrumento de planificación UPR, por tanto, los aprovechamientos y actividades específicas estarán supeditados a la formulación de este instrumento. Uso principal: Zona de Servicios e Industria (Centro Logístico de Transporte). Actuaciones: Recuperar y mantener sus valores paisajísticos Las actividades específicas para este tramo del corredor están establecidas en la Tabla de usos del suelo rural. Segundo Tramo: En la faja de terreno de cien metros lineales (100 m) medidos a ambos lados a partir del eje de la vía, podrán localizarse las instalaciones para las actividades permitidas, las cuales están establecidas en el anexo 4. Tabla de usos del suelo rural del respectivo corredor. Uso principal: Comercio minorista, servicios ambientales, paisajísticos y recreativos. Actuaciones: Recuperar y mantener sus valores paisajísticos. En los sectores donde sea posible asignar algún tipo de destinación deberán orientarse a zonas de esparcimiento que propicie senderos ecológicos, amoblamiento básico y actividades que consoliden la vocación de agroturismo. 460 Revisión y Ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial – Medellín, 2014 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN