P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 461

Los depósitos de vehículos de transporte público, industria artesanal, pequeña y mediana siempre y cuando con la norma urbanística establecida además de los permisos y estudios que determine la autoridad competente. Uso Prohibido. Ganadería extensiva e intensiva, industria mayor y mediana, depósito de materiales y parcelaciones de vivienda campestre. 2. Parcelación Vivienda Campestre. Uso Principal: Vivienda Uso complementario o Restringido: Equipamientos locales relacionados con las actividades y zonas comunes de la parcelación, además se permite el comercio menor, servicios acordes con la actividad principal e industria artesanal. Uso Prohibido: Industria mediana y mayor, comercio mayorista, servicios al vehículo, actividades agrícola y productivas de mayor intensidad, ganadería extensiva e intensiva. Artículo 501. Servicios e Industria. Esta zona presenta una mezcla homogénea entre servicios e industria, que permite mantener la vocación turística del Corredor sobre la Conexión Vial AburráCauca, en todo su recorrido, pero a la vez le imprime la importancia estratégica que este tiene como conector con la región occidental del Departamento. Esta zona se asocia al Centro Logístico de Transporte, el cual ofrecerá actividades relacionadas con transporte, industrialización, almacenamiento y distribución de mercancía o insumos provenientes del occidente. Además desde el sistema vial se exigirán las vías de servicio o bahías de aproximación, a fin de contribuir con el buen funcionamiento y movilización de la conexión Se asigna para el polígono suburbano conexión Aburrá – Cauca (SC-CSN4-02). Uso Principal. Logística de servicios, servicio al vehículo, estación de servicio, industria y minería. Uso complementario o condicionado. Restaurantes, comercio minorista, servicios financieros, depósito de materiales, centros de transformación y acopio a la producción rural y vivienda rural campesina existente Uso Prohibido. Vivienda, ganadería extensiva e intensiva. Artículo 502. Servicios e Institucional. Se concibe como una zona donde se pretende consolidar las actividades de servicio y los equipamientos institucionales existentes. Así como de apoyar y fortalecer las actividades rurales. Esta zona se propone como el eje dinamizador y en el impulsor del equilibrio del desarrollo corregimental. Uso asignado para el polígono SC_CNS4_03 (Centralidad Municipal). Uso Principal: Equipamientos básicos sociales e Institucionales, ecoparques. Uso complementario o condicionado: Comercio minorista y servicios mercantiles de baja densidad. Uso Prohibido: Vivienda