P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 461
Los depósitos de vehículos de transporte público, industria artesanal, pequeña y mediana siempre y
cuando con la norma urbanística establecida además de los permisos y estudios que determine la
autoridad competente.
Uso Prohibido. Ganadería extensiva e intensiva, industria mayor y mediana, depósito de materiales
y parcelaciones de vivienda campestre.
2. Parcelación Vivienda Campestre.
Uso Principal: Vivienda
Uso complementario o Restringido: Equipamientos locales relacionados con las actividades y
zonas comunes de la parcelación, además se permite el comercio menor, servicios acordes con la
actividad principal e industria artesanal.
Uso Prohibido: Industria mediana y mayor, comercio mayorista, servicios al vehículo, actividades
agrícola y productivas de mayor intensidad, ganadería extensiva e intensiva.
Artículo 501. Servicios e Industria. Esta zona presenta una mezcla homogénea entre servicios e
industria, que permite mantener la vocación turística del Corredor sobre la Conexión Vial AburráCauca, en todo su recorrido, pero a la vez le imprime la importancia estratégica que este tiene como
conector con la región occidental del Departamento. Esta zona se asocia al Centro Logístico de
Transporte, el cual ofrecerá actividades relacionadas con transporte, industrialización,
almacenamiento y distribución de mercancía o insumos provenientes del occidente. Además desde
el sistema vial se exigirán las vías de servicio o bahías de aproximación, a fin de contribuir con el
buen funcionamiento y movilización de la conexión
Se asigna para el polígono suburbano conexión Aburrá – Cauca (SC-CSN4-02).
Uso Principal. Logística de servicios, servicio al vehículo, estación de servicio, industria y minería.
Uso complementario o condicionado. Restaurantes, comercio minorista, servicios financieros,
depósito de materiales, centros de transformación y acopio a la producción rural y vivienda rural
campesina existente
Uso Prohibido. Vivienda, ganadería extensiva e intensiva.
Artículo 502. Servicios e Institucional. Se concibe como una zona donde se pretende consolidar
las actividades de servicio y los equipamientos institucionales existentes. Así como de apoyar y
fortalecer las actividades rurales. Esta zona se propone como el eje dinamizador y en el impulsor
del equilibrio del desarrollo corregimental.
Uso asignado para el polígono SC_CNS4_03 (Centralidad Municipal).
Uso Principal: Equipamientos básicos sociales e Institucionales, ecoparques.
Uso complementario o condicionado: Comercio minorista y servicios mercantiles de baja
densidad.
Uso Prohibido: Vivienda