P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 45

que se presenten pérdidas de vidas humanas. Se pueden presentar afectaciones a bienes muebles e inmuebles. Zonas de amenaza baja (ZAIB). Comprenden aquellas áreas con amenaza por inundación lenta que se encuentran dentro de la zona de influencia del río Medellín y que se asocian a las quebradas o drenajes con pendientes bajas. Se considera que este tipo de amenaza es baja, porque ocupa las planicies de inundación durante períodos cortos de tiempo, comúnmente afectan bienes e infraestructura y en general no hay pérdida de vidas humanas. En estas zonas, deberá respetarse el retiro establecido en el Mapa 6. Estructura Ecológica Principal, se debe tener en cuenta para todo tipo de proyecto, que el río Medellín puede generar inundaciones lentas. Zonas de amenaza media (ZAIM). Corresponden a algunas franjas de terrenos con amenaza por inundación por desbordamiento y/o socavación, con diferente grado de pendiente, que por el aumento del caudal, el agua sobrepasa las barreras naturales o artificiales que la limitan y se rebosa, afectando los sectores aledaños. Las inundaciones por desbordamiento y/o socavación, pueden causar daños en edificaciones, infraestructura, espacios públicos e incluso pérdida de vidas. La recurrencia de este tipo de eventos en la ciudad es frecuente en aquellos drenajes cuyos cauces y estructuras hidráulicas han sido ocupados de manera indebida. Zonas de amenaza alta (ZAIA). Corresponden a franjas de terreno con pendientes variables, susceptibles a ser afectadas por inundaciones lentas y/o desbordamientos originados por lluvias intensas, en las cuales han existido antecedentes o se carece de estructuras hidráulicas de protección. En este tipo de zonas el flujo puede sobrepasar sus límites naturales o cualquier obra hidráulica o de protección realizada, afectando las edificaciones localizadas sobre éstas o en sus márgenes. Artículo 74. Zonificación de amenaza por avenidas torrenciales. Todas las áreas identificadas en quebradas con evidencias o antecedentes de avenida torrencial se consideran de alta amenaza (ZAAT), debido al grado de energía y destrucción que implica este tipo de fenómeno. Ver Mapa 19. Amenaza por avenidas torrenciales. CAPÍTULO II. ZONIFICACIÓN DEL RIESGO. Artículo 75. Zonas con condiciones de riesgo. Corresponde a las áreas clasificadas como de amenaza alta que se encuentran habitadas o edificadas. Estas áreas requerirán de estudios de riesgo de detalle para definir la posibilidad de mitigación del riesgo y el nivel de riesgo de los elementos expuestos. Ello comprenderá igualmente, aquellos tramos de quebradas que están conducidos por estructuras hidráulicas, sobre las cuales se encuentran construidas edificaciones. Las áreas clasificadas con condiciones de riesgo por movimientos en masa, inundaciones y avenidas torrenciales para el suelo urbano y rural son suelos de protección. Las zonas con condiciones de riesgo en las áreas urbana y rural del municipio se identifican en el Anexo 2.del presente Acuerdo y se espacializan en el Mapa 16. Zonas con condiciones de riesgo y alto riesgo no mitigable. Los alcances y procedimientos para la realización de los estudios de detalle, así como para la incorporación de sus resultados, se detallan en el Título III de la Cuarta parte del presente Acuerdo. Revisión y Ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial – Medellín, 2014 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN 43