P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 401

9. Los porcentajes de cesión de terrenos con pendientes mayores del 25%, se aceptarán siempre y cuando contribuyan la red de conectividad definida en el mapa 6. Estructura ecológica principal, previo concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Municipal. 10. Las áreas naturales que se mencionan en este artículo, las cuales presentan restricciones para ser cedidas al Municipio de Medellín por concepto de suelo de cesión para espacio público de esparcimiento, encuentro, equipamiento básico, las podrá ceder el urbanizador o constructor opcionalmente de forma voluntaria como áreas adicionales a las obligadas, previo concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Municipal; para el efecto, en los planos de cesión de fajas y cuadros generales de aprobación del proyecto urbanístico, constructivo, de reconocimiento o legalización, deberán ser reportadas y quedar completamente diferenciadas de las que serán objeto de cesión por norma. Artículo 392. Requisitos para entregar los suelos destinados a Espacio Público de Esparcimiento y Encuentro, y Equipamientos. Se establecen los siguientes requisitos: 1. El interesado delimitará claramente las áreas a ceder en planos con su respectivo cuadro de áreas, definiendo su destinación como suelo de cesión para Espacio Público de Esparcimiento y