P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 395
CAPÍTULO II. OBLIGACIONES URBANÍSTICAS
Artículo 384. Conceptos. Las obligaciones urbanísticas incorporan tres conceptos: el primero
corresponde a las áreas de cesión pública gratuitas, destinadas a vías, equipamientos colectivos y
espacio público definidas en el Decreto 1469 de 2010 o norma que lo adicione, modifique o sustituya
las cuales al ser cedidas al municipio de Medellín pasan a ser de dominio público.
Un segundo concepto corresponde a las áreas privadas de uso común que garantizan la
habitabilidad y funcionalidad al interior de las urbanizaciones o desarrollos constructivos y que son
de dominio privado, tales como áreas verdes privadas de uso común, vías peatonales, vehiculares
privadas y zonas de parqueo.
Un tercer concepto corresponde a la obligación de Vivienda de Interés Social –VIS- y de
Vivienda de Interés Prioritario –VIP- en los polí v