P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 395

CAPÍTULO II. OBLIGACIONES URBANÍSTICAS Artículo 384. Conceptos. Las obligaciones urbanísticas incorporan tres conceptos: el primero corresponde a las áreas de cesión pública gratuitas, destinadas a vías, equipamientos colectivos y espacio público definidas en el Decreto 1469 de 2010 o norma que lo adicione, modifique o sustituya las cuales al ser cedidas al municipio de Medellín pasan a ser de dominio público. Un segundo concepto corresponde a las áreas privadas de uso común que garantizan la habitabilidad y funcionalidad al interior de las urbanizaciones o desarrollos constructivos y que son de dominio privado, tales como áreas verdes privadas de uso común, vías peatonales, vehiculares privadas y zonas de parqueo. Un tercer concepto corresponde a la obligación de Vivienda de Interés Social –VIS- y de Vivienda de Interés Prioritario –VIP- en los polí v