P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 306

Al interior de las dos subcategorías antes mencionadas; centralidades y corredores de alta mezcla, se debe garantizar un mínimo de actividades residenciales correspondiente al 30% de la edificabilidad total sin que este uso sobrepase el 60% de la construcción. Artículo 306. Proporción de Usos del Suelo con base en Aprovechamientos asignados para el tratamiento respectivo. Las siguientes tablas establecen la proporción en los usos del suelo a partir de los aprovechamientos y los tratamientos urbanísticos: 1. Proporción de Usos del Suelo con base en Aprovechamientos asignados para el tratamiento de Renovación. RENOVACIÓN CATEGORÍAS DE USO Áreas de baja mixtura % de actividad residencial Mínimo sobre IC : 70% Máximo sobre IC: 95% Residencial Predominante % de usos diferentes a la vivienda Mínimo sobre IC : 5% Máximo sobre IC: 30% Mínimo sobre IC : 40% Máximo sobre IC: 70% Mínimo sobre IC : 30% Máximo sobre IC: 60% Mínimo sobre IC : 30% Máximo sobre IC: 60% Mínimo sobre IC : 40% Máximo sobre IC: 70% Zonas de transición Áreas y corredores de media mixtura Áreas y centralidades dotacionales Aglomeraciones y servicios de orden barrial. Corredores de mediana intensidad. Áreas de actividad transformación Áreas y corredores de alta mixtura económica en Áreas, centralidades económicas y mixtas, aglomeraciones y servicios de orden zonal. Áreas y Corredores de alta intensidad. 2. Proporción de Usos del Suelo con base en Aprovechamientos asignados para el tratamiento de Desarrollo. DESARROLLO CATEGORÍAS DE USO Áreas de Baja mixtura Residencial Predominante Áreas y Zonas de transición Corredores de Áreas y centralidades dotacionales 304 % de actividad residencial % de usos diferentes a la vivienda Mínimo sobre IC : 80% Máximo sobre IC: 95% Mínimo sobre IC : 5% Máximo sobre IC: 20% Mínimo sobre IC : 65% Máximo sobre IC: 90% Mínimo sobre IC : 10% Máximo sobre IC: 35% Revisión y Ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial – Medellín, 2014 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN