P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 304
El perfil axial de los corredores deberá hacer parte del sistema de peatonalidad de la ciudad con
una alta calidad ambiental y continuidad urbana, permitiendo articularse de la mejor manera al
sistema de movilidad y transporte público (actuales y proyectados), en armonía con la vivienda y
los equipamientos, poniendo en valor la mixticidad de usos, la generación de animación urbana
y el mejoramiento de sus calidades ambientales y urbanísticas.
Artículo 305. Áreas y corredores de alta mixtura. Corresponde a la áreas y corredores cuya
característica es una alta intensidad de mixtura entre las actividades urbanas, esto es, en donde
predomina el uso del suelo en función de las actividades económicas y la prestación de servicios
públicos; sin embargo, se pretende que estas zonas alberguen el uso residencial en una proporción
no inferior al 40% (en tratamiento de Renovación Urbana) y 30% (en tratamiento de Desarrollo) de la
edificabilidad total. En estas áreas se desarrollan actividades y funciones con alta proporción e
intensidad respecto a la residencia, generan atracción de población y de actividades económicas de
escala zonal, de ciudad y metropolitana. Se clasifican en Áreas de Alta Intensidad y Corredores de
Alta Intensidad; las primeras están asociadas a las centralidades con predominancia económica y
mixtas; en tanto los corredores se asocian al corredor metropolitano y a los ejes estructurantes
consolidados, proyectados y al venidero sistema de transporte integrado de mediana y alta
capacidad.
1. Áreas de actividad económica en trasformación. Son aquellas áreas de la ciudad en donde
se concibe como uso predominante y característico las actividades productivas y terciarias en
las que resulta relevante la presencia de empleo; estas áreas cuentan con la mejor
infraestructura para la prestación de los servicios públicos y de movilidad, debido a que se
encuentran ubicadas sobre el Corredor Metropolitano de Servicios o en sectores colindantes a
él; presentan una estructura morfológica adecuada que permite el desarrollo de actividades de
gran formato, incentivando la construcción de edificios híbridos que permitan la mezcla vertical
de usos, garantizando una buena convivencia mediante adecuaciones locativas que permitan el
desarrollo de todas las actividades de forma simultánea. Se propenderá por la ubicación de
actividades económicas densas en conocimiento, dadas sus necesidades espaciales y
generación mínima de impactos ambientales y urbanísticos en su operación, así como de nueva
vivienda.
La edificabilidad en estas áreas debe garantizar un mínimo del 40% (en tratamiento de
Renovación), 20% (en tratamiento de Desarrollo) y el 100% (en tratamiento de Consolidación)
del metraje construido dirigido a diferentes tipologías de vivienda, y contar un mínimo de 10%
dirigido a actividades industriales y productivas (en tratamiento de Renovación Urbana), el cual
puede incluir áreas a conservar en este uso por parte de los planes parciales y macroproyectos
que planifican y gestionan este territorio. El enfoque principal de estas áreas, es el de promover
el desarrollo de actividades productivas de alto valor agregado y conocimiento que dinamicen la
economía de la ciudad, generen empleo y permitan la convivencia con el uso residencial de
manera cualificada, aprovechando la inmediación a las principales infraestructuras de movilidad
y servicios de la ciudad. Es importante que una fracción de la edificabilidad se destine a
actividades o equipamientos en función del desarrollo de nuevas tecnologías para fomentar la
investigación, la innovación y la creatividad, en función de las potencialidades del área y de la
presencia de polos de atracción próximos como los núcleos universitarios emplazados a lo largo
del río, cualificando la accesibilidad y continuidad hacia estos, posibilitando la formación de
302
Revisión y Ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial – Medellín, 2014
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN