P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 292
Mientras la Administración Municipal expide el acto administrativo que determine las acciones de
regularización urbanística, en concordancia con lo dispuesto en las normas nacionales, para el área
de planificación se permitirá el desarrollo predio a predio de acuerdo con los aprovechamientos
definidos en el presente Acuerdo siempre que los lotes y construcciones no se localicen en zonas
de alto riesgo no recuperable, retiros a quebrada, líneas de alta tensión, o que se requieran para la
ejecución de obras de infraestructura, espacio público o equipamientos.
Las acciones del desarrollo urbano se deben articular con las políticas sectoriales e inversiones
derivadas del plan de desarrollo económico y social promoviendo la solidaridad social, la
participación y cooperación de los diferentes niveles de gobierno, las comunidades, el sector
privado, los organismos no gubernamentales, el sector académico y de organismos internacionales.
El área de planificación mínima para las zonas a las cuales se les asigna este tratamiento, será
determinada por el Departamento Administrativo de Planeación en cada proceso específico,
teniendo en cuenta las condiciones del ámbito territorial y del polígono en el cual se inscribe,
propendiendo por no intervenir sectores de diferentes polígonos. El instrumento de planificación a
utilizar son los proyectos de legalización y regularización, lo cual no descarta la utilización en caso
de requerirse de los otros instrumentos que establece la Ley 388 de 1997 y normas reglamentarias.
Los 21 polígonos con Tratamiento de Mejoramiento Integral 1 son:
CÓDIGO
ÁREA Ha
LOCALIZACIÓN (parte de los barrios o sectores)
Z4_MI2_9
MI2
28,27
Juan XXIII La Quiebra
Z4_MI2_8
MI2
72,05
El Salado - Nuevos Conquistadores
Z3_MI2_20
MI2
123,54
Centro Oriental Alta
Z1_MI2_2
MI2
152,92
Nor Oriental Alta
Z1_MI2_1
MI2
44,13
Santo Domingo Savio No. 1
Z2_MI2_12
MI2
4,74
Mirador del Doce
Z1_MI2_3
MI2
60,09
La Cruz
Z1_MI2E_3
MI2
3,49
Versalles No. 2
Z3_MI2_7
MI2
13,32
Medellín sin Tugurios
Z2_MI2_10
MI2
3,99
Pedregal Bajo
AL_MI2_15
MI2
1,37
San Francisco
AL_MI2_14
MI2
5,47
La Perla
AL_MI2_13
MI2
1,93
El Consejo 1
Z3_MI2_18
MI2
7,39
Trincheras y Candamo
Z2_MI2_16
MI2
0,44
La Aurora
Z3_MI2_5
MI2
11,65
Trece de Noviembre
Z3_MI2_17
MI2
30,76
San Antonio - Villatina
Z6_MI2_19
MI2
21,42
EL Rincón
Z3_MI2E_1
MI2
11,65
Pinares de Oriente o Trece de Noviembre
Z1_MI2E_4
MI2
152,92
María Cano Carambolas
Z3_MI2_6
290
TIPO
MI2
123,54
Centro Oriental Alta
Revisión y Ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial – Medellín, 2014
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN