P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 292

Mientras la Administración Municipal expide el acto administrativo que determine las acciones de regularización urbanística, en concordancia con lo dispuesto en las normas nacionales, para el área de planificación se permitirá el desarrollo predio a predio de acuerdo con los aprovechamientos definidos en el presente Acuerdo siempre que los lotes y construcciones no se localicen en zonas de alto riesgo no recuperable, retiros a quebrada, líneas de alta tensión, o que se requieran para la ejecución de obras de infraestructura, espacio público o equipamientos. Las acciones del desarrollo urbano se deben articular con las políticas sectoriales e inversiones derivadas del plan de desarrollo económico y social promoviendo la solidaridad social, la participación y cooperación de los diferentes niveles de gobierno, las comunidades, el sector privado, los organismos no gubernamentales, el sector académico y de organismos internacionales. El área de planificación mínima para las zonas a las cuales se les asigna este tratamiento, será determinada por el Departamento Administrativo de Planeación en cada proceso específico, teniendo en cuenta las condiciones del ámbito territorial y del polígono en el cual se inscribe, propendiendo por no intervenir sectores de diferentes polígonos. El instrumento de planificación a utilizar son los proyectos de legalización y regularización, lo cual no descarta la utilización en caso de requerirse de los otros instrumentos que establece la Ley 388 de 1997 y normas reglamentarias. Los 21 polígonos con Tratamiento de Mejoramiento Integral 1 son: CÓDIGO ÁREA Ha LOCALIZACIÓN (parte de los barrios o sectores) Z4_MI2_9 MI2 28,27 Juan XXIII La Quiebra Z4_MI2_8 MI2 72,05 El Salado - Nuevos Conquistadores Z3_MI2_20 MI2 123,54 Centro Oriental Alta Z1_MI2_2 MI2 152,92 Nor Oriental Alta Z1_MI2_1 MI2 44,13 Santo Domingo Savio No. 1 Z2_MI2_12 MI2 4,74 Mirador del Doce Z1_MI2_3 MI2 60,09 La Cruz Z1_MI2E_3 MI2 3,49 Versalles No. 2 Z3_MI2_7 MI2 13,32 Medellín sin Tugurios Z2_MI2_10 MI2 3,99 Pedregal Bajo AL_MI2_15 MI2 1,37 San Francisco AL_MI2_14 MI2 5,47 La Perla AL_MI2_13 MI2 1,93 El Consejo 1 Z3_MI2_18 MI2 7,39 Trincheras y Candamo Z2_MI2_16 MI2 0,44 La Aurora Z3_MI2_5 MI2 11,65 Trece de Noviembre Z3_MI2_17 MI2 30,76 San Antonio - Villatina Z6_MI2_19 MI2 21,42 EL Rincón Z3_MI2E_1 MI2 11,65 Pinares de Oriente o Trece de Noviembre Z1_MI2E_4 MI2 152,92 María Cano Carambolas Z3_MI2_6 290 TIPO MI2 123,54 Centro Oriental Alta Revisión y Ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial – Medellín, 2014 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN