P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 243
1. Áreas verdes asociadas a glorietas.
2. Áreas verdes asociadas a separadores.
3. Áreas verdes asociadas a orejas.
Artículo 241. Arborización en los corredores urbanos. Tanto en áreas residenciales como en
corredores de actividad múltiple, se deben sembrar especies arbóreas de acuerdo con el Manual de
Silvicultura Urbana, Decreto 1803 de 2006 y las exigencias que el AMVA determine.
La densidad de malla vial asociada a la movilidad motorizada debe ser lo suficientemente alta en la
zona urbana y donde se quiera estimular la concentración de población, siendo estos en las zonas
de río y ladera definidas en el Plan Director Bio 2030. Para el caso del borde tanto urbano como rural
y la zona rural, la densidad de malla vial asociada a la movilidad motorizada, no deberá superar el
porcentaje establecido de manera que no se estimulen procesos de urbanización que vayan en
contravía del modelo de ciudad.
Artículo 242. Criterios generales de manejo para los corredores viales. Los corredores verdes
pueden definirse tanto en suelo urbano como rural siempre que cumplan funciones de movilidad
sostenible y conectividad ecológica.
Criterios de Manejo Generales para los Corredores Verdes Urbanos
1. Procurar la mitigación de los impactos del aislamiento y fragmentación de la red de conectividad
ecológica.
2. Propender por la generación de espacios públicos verdes en los culaes sea posible reponer
parte de la arborización a partir de los lotes de oportunidad identificados en las áreas de
influencia del corredor, que permitan incrementar las calidades paisajísticas y ambientales y
generar nuevas áreas de esparcimiento y encuentro.
3. Asegurar su contribución a la regulación microclimática, ecológica y paisajística, protegiendo sus
elementos naturales.
4. Adecuar los suelos con las características necesarias para el establecimiento de la vegetación y
lograr su óptimo desarrollo.
5. Proteger la biodiversidad de la fauna y flora.
6. Garantizar la conectividad y accesibilidad vial mediante una movilidad sostenible (bajas
emisiones).
7. Valorar y proteger el patrimonio arquitectónico, urbanístico y ambiental, así como considerar los
elementos o inmuebles representativos del corredor de forma tal que se articulen a las otras
funciones del corredor.
8. Destacar la importancia de la arquitectura y el uso del primer piso en la configuración y
apropiación del corredor, evitando fachadas cerradas, culatas o cerramientos indebidos que
imposibiliten su apropiación.
9. Recuperar la calidad paisajística y ambiental a partir del mejoramiento integral del corredor.
Revisión y Ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial – Medellín, 2014
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN
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