P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 201

2. Evaluar las características urbanísticas y funcionales el entorno circundante y sus tendencias de desarrollo para determinar la regulación necesaria con el fin de generar un contexto armónico con el bien patrimonial. 3. Definir una delimitación apropiada a las características de cada bien y su entorno que permita la continuidad de la dinámica de desarrollo de cada entorno, facilite su aceptación en la colectividad y viabilice la implementación y aplicación de la normativa por parte de las entidades competentes. Artículo 186. Criterios a incorporar en las zonas de influencia de Bienes Inmuebles de Interés Cultural Patrimonial del orden municipal. Todo nuevo proyecto a ser realizado en las zonas de influencia de los Bienes Inmuebles de interés cultural del Municipio, deberá cumplir los siguientes criterios con respecto a: Trazado vial. Se debe mantener el trazado vial y ancho de la sección vial original. En caso de requerirse una modificación del trazado para la ejecución de un proyecto vial, se debe contemplar la alternativa que mejor contribuya la preservación del valor patrimonial y paisajístico de estos sectores, y se deben incluir