P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 201
2. Evaluar las características urbanísticas y funcionales el entorno circundante y sus tendencias de
desarrollo para determinar la regulación necesaria con el fin de generar un contexto armónico
con el bien patrimonial.
3. Definir una delimitación apropiada a las características de cada bien y su entorno que permita la
continuidad de la dinámica de desarrollo de cada entorno, facilite su aceptación en la
colectividad y viabilice la implementación y aplicación de la normativa por parte de las entidades
competentes.
Artículo 186. Criterios a incorporar en las zonas de influencia de Bienes Inmuebles de Interés
Cultural Patrimonial del orden municipal. Todo nuevo proyecto a ser realizado en las zonas de
influencia de los Bienes Inmuebles de interés cultural del Municipio, deberá cumplir los siguientes
criterios con respecto a:
Trazado vial. Se debe mantener el trazado vial y ancho de la sección vial original. En caso de
requerirse una modificación del trazado para la ejecución de un proyecto vial, se debe contemplar la
alternativa que mejor contribuya la preservación del valor patrimonial y paisajístico de estos
sectores, y se deben incluir