P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 157
Pueden tener espacios complementarios se refieren a actividades comerciales, áreas
administrativas, áreas de parqueo y áreas de control, entre otras.
Para aportar al cumplimiento de los criterios de localización se establecen los siguientes índices:
Índice
%
Ocupación de escenarios deportivos y áreas administrativas
50%
Áreas libres distintas a los escenarios deportivos (pisos duros y zonas
verdes)
40%
Ocupación con áreas comerciales y de servicios complementarios
10%
Escenario deportivo-recreativo: Su ámbito de cobertura es barrial o veredal. Las áreas libres
distintas a los escenarios deportivos de destinarán a zonas verdes arborizadas con elementos de
amoblamiento para el desarrollo de actividades lúdicas y recreativas espontáneas, Podrán tener
senderos, sitios de encuentro, plazas, plazoletas y similares (en arenilla, piedra, adoquines o
similares). Se deberán ubicar al interior o anexas a las siguientes áreas:
1.
2.
3.
4.
5.
La centralidad metropolitana
Las centralidades de ciudad
Las centralidades corregimentales
Las centralidades zonales y aglomeración, corredores de alta intensidad
Las centralidades barriales y dotacionales, zonas de transición, corredores de mediana
intensidad
6. Corredores de actividades económicas en transformación
Este tipo de espacios deberá tener un área mínima de 10.000 m2. En su desarrollo urbanístico se
deberá reservar mínimo el 30% de su área bruta como zonas verdes de carácter pasivo.
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