Transmisión electrónica de datos educativos
Cuando los registros que contienen datos educativos o privados se transmiten electrónicamente , ya sea por correo electrónico o un sitio FTP , se espera que el personal proteja la privacidad de los datos con el uso de contraseñas que salvaguarden el registro o archivo . También se espera que el personal se asegure que los registros se envíen solamente a las personas con derecho a tales registros .
Sistema de telecomunicaciones El Distrito mantiene un sistema de telecomunicaciones que cuenta con estas prestaciones o funciones :
• Un teléfono en cada salón de clase . Para asegurar que no haya interrupciones durante las horas de clases de los estudiantes , este teléfono es accesible solo en forma interna como parte del sistema del Distrito . Las personas que llaman de fuera del Distrito no pueden llamar directamente al salón de clase .
• Los docentes o el personal que no tienen una oficina reciben un número de teléfono “ fantasma ” que se puede programar para que suene en cualquier teléfono del Distrito . Para asegurar que los estudiantes no tengan interrupciones durante las horas de clases , el personal con números fantasmas debe programar su número de teléfono para que suene en el salón de clase solo durante las horas de contacto sin estudiantes , por ejemplo , en la hora de planificación o antes y después de las horas de clases .
• Correo de voz para todos los miembros del personal .
Se requiere que el personal :
• Revise su correo de voz diariamente .
• Regrese las llamadas dentro de dos días hábiles .
• Borre los mensajes después de escucharlos .
• Grabe un saludo que incluya , “ Si necesita ayuda inmediata , por favor oprima cero ”. Esto es obligatorio ya que esta operación también dirige las llamadas al 911 a la oficina en una situación de emergencia .
• Registre su nombre para asegurar que las personas que llaman sepan que han contactado el correo de voz correcto .
Uso del sistema automático de llamadas :
• Solo el superintendente o un designado está autorizado para hacer llamadas a todo el Distrito en general .
• Solo los directores están autorizados para hacer llamadas a toda la escuela en general , salvo en situaciones de emergencia .
• Los mensajes a grupos específicos dentro de una escuela deben ser autorizados por el director .
• Debe evitarse el uso excesivo del sistema automático de llamadas ( más de una vez en una semana ), salvo cuando sea necesario para emitir mensajes de emergencia .
• Los mensajes relacionados con el cierre de escuelas del Distrito , incluida la cancelación de actividades extraescolares , o situaciones de emergencia , deben ser autorizados por el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas para asegurar el envío de un mensaje coherente .
ADMINISTRACIÓN DE LA ENERGÍA
El Distrito se esfuerza por reducir su huella ambiental ; para ello sigue iniciativas y prácticas de conservación de energía . El personal y los estudiantes asisten a sesiones instructivas con respecto a las mejores prácticas de conservación de energía . Estas son las directrices establecidas en relación con las computadoras y los monitores :
• Todas las computadoras deberán apagarse completamente al final del día de trabajo .
• Cada computadora tiene activada funciones de ahorro de energía .
LOGÍSTICA DE POLÍTICA Y DIRECTRICES :
• Adopción : Comité , Superintendente , Junta Escolar
• Distribución : En papel y vía sitio web del Distrito al personal ; a estudiantes y padres o tutores en el Manual de Primaria y Manual de Secundaria y en el sitio web del Distrito ; electrónicamente en el Servidor de Información de Internet .
• Revisión : El Comité Central de Tecnología revisará y mantendrá periódicamente estas directrices . Las solicitudes de enmienda de las directrices deben enviarse al Jefe de Tecnología Informática para consideración por parte del comité .
Cámaras de vigilancia en los terrenos y edificios de las escuelas , N .° 712.0
I . OBJETIVO
Mantener la salud , el bienestar y la seguridad de los estudiantes , el personal y los visitantes cuando se encuentran en las dependencias del Distrito , al igual que proteger los bienes del Distrito , son funciones importantes del Distrito Escolar . La Junta Escolar reconoce que los sistemas de videovigilancia pueden servir como un factor disuasivo de las actividades prohibidas y como una ayuda para monitorear e investigar las actividades en las dependencias escolares .
II . DECLARACIÓN GENERAL DE LA POLÍTICA A . Colocación
1 . Los edificios y terrenos del Distrito Escolar podrán estar equipados con cámaras de seguridad . Lo habitual es ubicar las cámaras de vigilancia en la entrada de las escuelas .
2 . Si los edificios y terrenos del Distrito Escolar están equipados con cámaras de vigilancia , se colocará un aviso claramente visible para notificar a los estudiantes , el personal y el público que podrían ser filmados .
3 . La videovigilancia puede ocurrir en cualquier edificio o dependencia del Distrito escolar .
4 . Es posible que haya cámaras de vigilancia en cualquier autobús escolar con contratos con empresas de autobús .
5 . No se utilizará videovigilancia en los baños ni en los vestidores , aunque sí podrá utilizarse en los pasillos y en las cercanías de los baños y vestidores .
B . Uso de cinta de video .
1 . Las cintas de video serán vistas solo por el administrador ( o la persona que él designe ) del edificio escolar correspondiente . La cinta de video será utilizada por el director de la escuela como ayuda para determinar si hubo o no realmente un incidente , y si así fuera , para evaluar la severidad del mismo . La información obtenida de las cintas que revelen acciones ilegales podrá ser entregada al policía enlace de la escuela o a las agencias del orden público . Ni el padre o tutor del estudiante que ha sido observado y grabado en una cinta de video ni el estudiante mismo podrán ver la cinta , de acuerdo con las leyes de confidencialidad de datos y la política de Protección y Privacidad de los registros de estudiantes . Después del recibo de una solicitud por escrito , el Distrito Escolar proporcionará un resumen escrito de los incidentes filmados al estudiante o a los padres o tutores del estudiante filmado .