C . Definición de arma : se entiende por arma un cuchillo , arma de fuego o un artículo que se asemeje a un arma de fuego , esté cargada o no , que funcione o no ; explosivos destructivos , cualquier dispositivo para provocar incendios o que se le parezca , o la amenaza de intento o el intento de ocasionar una explosión ; o cualquier otro dispositivo o instrumento que sea utilizado para amenazar , intimidar o producir un daño físico o temor a un daño físico . Las armas incluyen , entre otras , las siguientes : 1 . Todas las armas de fuego , cargadas , descargadas , funcionando o no .
2 . Otros tipos de armas de fuego , incluidas las armas de perdigones , balines , de descarga eléctrica , pistolas splat , pistolas de fogueo , o semejantes , o réplicas de armas de fuego que incluyan reproducciones o versiones de juguete de armas de fuego y que razonablemente parezcan una pistola , revólver , escopeta , una escopeta de cañón recortado , rifle , ametralladora , lanza cohetes , o cualquier otra arma de fuego .
3 . Cuchillos incluye : navajas o navajas de apertura automática , cuchillos de mariposa , navajas suizas , navajas de bolsillo , cortadores de cajas o cuchillos domésticos , cuchillos de caza , dagas , espadas , hojas de afeitar .
4 . Manoplas artificiales u objetos similares diseñados para ser usados sobre el puño o los nudillos , o dentro de estos .
5 . Cachiporras , garrotes , estrellas de metal , dispositivos de artes marciales .
6 . Explosivos o dispositivos similares o el intento de amenazar con ocasionar una explosión .
7 . Venenos , líquidos químicos , combustibles o inflamables , o sustancias que pueden ocasionar lesiones corporales . 8 . Hondas , arcos y flechas . 9 . Irritantes químicos **, es decir , pulverizador con gas de pimienta , mace ( gas lacrimógeno ). 10 . Cualquier otro dispositivo o instrumento usado para intimidar , amenazar o para infligir daños corporales o temor .
D . Excepciones : Esta política , según la ley de Minnesota , presenta las siguientes excepciones : 1 . Agentes policiales autorizados , personal militar , personal de seguridad acreditado .
2 . Instructores del Distrito Escolar aprobados para cursos de seguridad con armas de fuego o actividades llevadas a cabo en la propiedad de la escuela .
3 . Posesión y uso de armas por guardias de honor aprobados por el Distrito Escolar .
4 . Aprobación del Distrito Escolar para la posesión y el uso de pistolas de salva para competencias deportivas .
5 . Aprobación del Distrito Escolar para el uso y almacenamiento adecuados de equipo y herramientas en propiedad escolar para efectos de instrucción o trabajo de trabajadores y estudiantes .
6 . Otras excepciones concedidas por el superintendente . E . Implementación de la Política respecto a las armas .
1 . Violación de la política respecto a las armas , ley federal : Según lo dispuesto por la “ Ley Federal de Escuelas sin Armas de 1994 ”, cualquier estudiante que traiga un arma a la escuela ( arma de fuego o dispositivo destructivo como lo define la ley federal ) será expulsado de la escuela durante un año como mínimo .
2 . Estudiantes de escuela media : La posesión de un arma , según lo define esta política , por un estudiante de la escuela media , grados del sexto al octavo , dará inicio inmediato al proceso de expulsión y se informará a la policía . La Junta Escolar expulsará a los estudiantes de la escuela media durante un período no menor al equivalente de un trimestre de los días de contacto del estudiante , y no mayor a 12 meses . El estudiante recibirá servicios educativos alternativos durante la expulsión . Un estudiante de la escuela media reingresará a la escuela el día que se complete el período de expulsión .
3 . Estudiantes de escuela secundaria : La posesión de un arma , según lo define esta política , por un estudiante de escuela secundaria , grados del noveno hasta la graduación , dará inicio inmediato al proceso de expulsión y se informará a la policía . La Junta Escolar expulsará a los estudiantes de la escuela secundaria durante un período no menor al equivalente de un trimestre de los días de contacto del estudiante , y no mayor a 12 meses . El estudiante recibirá servicios educativos alternativos durante la expulsión . Un estudiante de escuela secundaria reingresará a la escuela el primer día del nuevo trimestre más cercano a la fecha de cumplimiento de la expulsión .
4 . Estudiantes de escuela primaria : Los directores de las escuelas primarias , cuando disciplinen a los estudiantes de los grados K a 5 por posesión de un arma como lo define esta política , suspenderán al estudiante y determinarán la intención y el peligro real para otros estudiantes y el personal . ( Nota : Se podrá recomendar la expulsión ). El director informará a los padres del estudiante de la acción disciplinaria . En todos los casos , el estudiante recibirá información sobre el peligro de las armas .
5 . Estudiantes con discapacidades : a . Los estudiantes con discapacidades podrán ser suspendidos por violar las reglas escolares según la ley del estado y la ley federal . b . Si el estudiante que viola la política del Distrito respecto a drogas o alcohol , o tiene un arma como lo define la ley federal , es un estudiante con una discapacidad conforme la IDEA ( Ley de Educación para Individuos con Discapacidades ) o la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación , podría ser puesto en una colocación alternativa provisional de 45 días escolares ; la colocación específica y servicios para el estudiante serán congruentes con los requisitos estatales y federales y serán determinados por el equipo del IEP del estudiante . c . El uso de tiempo en aislamiento o restricción de un estudiante con una discapacidad requiere el desarrollo de un plan de conducta que cumpla con los criterios específicos de la ley y la norma estatal y federal .
F . Registro y confiscación
1 . Instalaciones de la escuela o casilleros escolares : Aun cuando el estudiante tiene control exclusivo de su casillero , escritorio , estación de trabajo , y otras áreas similares asignadas de la propiedad escolar frente a otros estudiantes , tal posesión no es exclusiva frente a la escuela y a sus funcionarios . Los casilleros , los escritorios , las estaciones de trabajo y otras áreas similares asignadas siguen siendo propiedad de la escuela y , en cualquier momento , de ser necesario , el director o la persona que él designe tienen la autoridad para buscar y confiscar artículos considerados ilegales , ilícitos , o que alteran el proceso educativo , o evidencia que lleva a probar una violación de la ley o una regla del Distrito Escolar .
2 . Estudiantes y sus pertenencias personales : Aun cuando el estudiante tiene control exclusivo de sus pertenencias en su propiedad inmediata frente a otros estudiantes , no es exclusivo frente a la escuela y sus funcionarios . Cuando se presente la sospecha razonable de que la propiedad en uso o posesión de un estudiante es ilegal , ilícita , disruptiva o un peligro para ese estudiante u otros , se hará una requisa a la persona o los efectos personales del estudiante , incluidos los vehículos .